Ajustes Julio 2011

ACTA: En la ciudad de Montevideo, el día 13 de julio de 2010, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 "Servicios Profesionales, técnicos especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", Subgrupo N°19 "Prestación de Servicios Telefónicos" capítulo "Call Center", integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Beatriz Cozzano y Alejandro Machado; el Delegado Empresarial: Cr Hugo Montgomery en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y el Delegado de los Trabajadores: Sr. Fabio Riverón en representación de FUECYS.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día de la fecha.

SEGUNDO: Mínimos al 1º de julio de 2011. En virtud de lo establecido en la cláusula sexta del referido convenio colectivo los salarios mínimos del sector que regirán a partir del 1º de julio de 2011 serán:

Operador- Telemarketers hasta 9 meses $ 7.812 39 hs semanales

Operador- Telemarketers de 9 a 18 meses $ 8.484 39 hs semanales

Operador- Telemarketers más de 18 meses $ 9.095 39 hs semanales

Asistente especializado $ 9.376 44 hs semanales

Supervisor operativo $ 10.098 44 hs semanales

Limpiador/sereno $7.812 44 hs semanales

Cadete $ 7.812 44 hs semanales

Recepcionista $ 8.484 44 hs semanales

Auxiliar administrativo $ 9.376 44 hs semanales

Auxiliar técnico $ 9.376 44 hs semanales

Encargado administrativo $11.541 44 hs semanales

Técnico calificado $ 14.425 44 hs semanales

TERCERO: Sobrelaudos al 1º de julio de 2011. Aquellos salarios que superen los mínimos de su categoría al 30 de junio de 2011 hasta un 20% tendrán un ajuste del 4,55%, los salarios que estén entre un 20% y hasta un 30% sobre los mínimos recibirán 4,04%, en tanto que los que superen el 30% se incrementaran 3,52%.

Leída firman de conformidad.

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