Ajustes Julio 2011
ACTA: En Montevideo, el 20 de julio de 2011, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 "Servicios profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", Subgrupo N° 23 "Alquiler, servicios y soporte de equipos de filmación", integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres Beatriz Cozzano y Alejandro Machado, el Delegado Empresarial: Sr Julio Guevara en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y el Delegado de los Trabajadores: Sr. Eduardo Sosa en representación de FUECYS.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 13 de abril de 2011,registrado y publicado de conformidad a la normativa vigente.
SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula quinta del referido convenio colectivo todos los trabajadores del sector a partir del 1º de julio de 2011 recibirán un incremento de 4,55%, producto de la acumulación de los siguientes items: a) 2,5%, promedio entre la meta mínima y máxima de inflación fijada por el Banco Central (centro de la banda) para el periodo julio-diciembre 2011; y b) 2% por concepto de crecimiento. (1,025*1,02=1,0455).
TERCERO: En consecuencia los salarios mínimos del sector a partir del 1ero de julio de 2011 serán:
Administración y atención al cliente-
Telefonista/ Recepcionista $ 10.037
Auxiliar administrativo $ 11.040
Atención al cliente $ 12.128
Secretaria $ 13.382
Encargado/a administración $ 14.637
Depósito, chequeo y mantenimiento
Sereno/limpiador $ 10.037
Peón $ 11.040
Auxiliar de preparación y chequeo de equipos $ 12.128
Chofer $ 13.341
Preparación, chequeo y mantenimiento
habitual de equipos $ 14.114
Encargado de depósito $ 14.637
Técnico en mantenimiento y reparaciones $ 16.101
Encargado de mantenimiento $ 20.126
Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación siete ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.