Ajustes Julio 2012

ACTA: En Montevideo, el 16  de julio de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo N° 19 "Servicios profesionales, Técnicos, Especializados y aquellos no incluidos en otros grupos", Subgrupo N° 13 "Empresas de Investigación de Mercado y Estudios Sociales", integrado por los Delegados del Poder Ejecutivo: Dres. Beatriz Cozzano, Alejandro Machado y Lorena Acevedo; el Delegado Empresarial Cr. Hugo Montgomery en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay y los Delegados de los Trabajadores: Sres Eduardo Sosa y Daniel Delgado en representación de FUECYS.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo del 24 de marzo de 2011, registrado y publicado de conformidad a la normativa vigente.

SEGUNDO: Ajuste de salario mínimo En virtud de lo establecido en la cláusula decimo octava del referido convenio colectivo el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2012 para los trabajadores que perciban el salario mínimo de su categoría será de 5,17% producto de la acumulación de los siguientes items: a) 2,5% promedio entre la meta mínima y máxima de inflación fijada por el Banco Central (centro de la banda) para el período 1 de julio de 2012 y el 31 de diciembre de 2012; b) 1.59% como correctivo para cubrir la diferencia entre la inflación prevista para el período enero-junio 2012 y la inflación real de igual período y c) 1% de crecimiento de salario real. (1.025*1,0159*1,01=1,0517.)

TERCERO: Ajustes de sobrelaudos Aquellos trabajadores que perciban un salario superior al salario mínimo de su categoría, recibirán un incremento del 4,65% producto de la acumulación de los items a y b antes mencionados y de un crecimiento de 0,50% (1.025*1,0159*1,005=1.0465).

CUARTO: A continuación se detallan los salarios mínimos con vigencia desde el 1º de julio de 2012:

Nivel 1: Limpiador y Cadete…$ 9.467

Nivel 2: Reclutador, Encuestador, Auditor, Telefonista

Recepcionista, Digitador, Auxiliar 3ra de impresión

Ayudante 2da. de Campo…$ 10.416

Nivel 3: Vendedor, Operador, Supervisor, Auxiliar Contable

Ayudante 2da. de Impresión, Ayudante de Campo...$ 11.837

Nivel 4: Auxiliar 1ra. De impresión, Ayudante Analista, Jefe de

Campo, Encargado de Ventas, Operador de Equipos,

Coordinador… $ 12.712

TERCERO: Categoría Encuestador: Se establecen los siguientes valores mínimos básicos para encuestas completas a regir a partir del 1º de julio de 2012 para los cargos de encuestador y reclutador:

Encuestas cara a cara

Duración

Valor en $ a partir 1/07/12

Hasta 15 min.

$37,39

15 - 30 min.

$63,62

30 - 45 min.

$83.00

45 - 60 min.

$103,32

Encuestas telefónicas

Duración

Valor en $ a partir 1/07/12

Hasta 5 min

$9,19

6 - 10 min.

$15.90

11 - 15 min.

$25,16

16 - 20 min.

$34,57

+ 21 min.

$43,60

 

Reclutamientos

Motivacional

$110,72

Locación central

$83,09

 

CUARTO: Compensación por desgaste de ropa de trabajo. A partir del 1º de julio de 2012 la misma será de $ 3.945 anual. La misma será prorrateada dividiéndose entre 12 meses y 30 días por mes ($ 10,96 por jornal), que se liquidarán junto con el salario.

Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación siete ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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