Serie 700 - Señalización de Mensajería Variable

2. Alcance

2.1. El presente documento establece los criterios para la correcta utilización de paneles de mensajería variable (VMS) con el objetivo de mejorar la seguridad vial y optimizar la circulación de todos los usuarios del transporte en la República Oriental del Uruguay.

2.2. Este documento está alineado con los conceptos contenidos en el Manual Interamericano de Dispositivos para el Control del Tránsito en Calles y Carreteras, OEA, 1991, y es válido en la totalidad de las rutas en jurisdicción del Ministerio de Transporte y Obras Públicas de la República Oriental del Uruguay.

2.3. Las disposiciones contenidas en este documento serán de aplicación tanto en entornos urbanos como rurales, brindando uniformidad en el uso de los VMS en distintos escenarios viales.

2.4. Se establecen criterios para el estilo de letra, tamaño de caracteres y composición de mensajes, incluyendo mensajes estandarizados y mecanismos para atender situaciones imprevistas, asegurando coherencia y efectividad en la comunicación con los usuarios de la vía.

2.5. Dada la diversidad de situaciones posibles, será el criterio profesional el que determine la necesidad de flexibilizar alguno de los requerimientos establecidos en esta norma. Toda excepción deberá estar debidamente justificada, documentada y contar con la aprobación expresa de la Autoridad Competente.

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