Política Nacional de Gestión Integral del Riesgo de Emergencias y Desastres en Uruguay (2019-2030)

2.4 Alcances

La política como instrumento orientador de la acción del país en materia de gestión integral del riesgo de emergencias y desastres, se define en función del contexto y los procesos particulares en Uruguay al momento de su formulación, con un horizonte temporal al año 2030, el cual coincide con el periodo de vigencia del actual Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres que orienta las acciones en materia de gestión de riesgos a nivel global.

El alcance de esta política refiere a todo el territorio nacional, tanto terrestre como marítimo y su espacio aéreo. Considera también la necesidad de articulación y coordinación regional por riesgos transfronterizos asociados a eventos adversos originados en países vecinos.

La política propone plazos parciales acompañando los quinquenios de gestión gubernamental en Uruguay:

  • un corto plazo que se circunscribe a la siguiente gestión 2020-2024 en la que deberá formularse el Primer Plan Nacional de Reducción de Riesgos[2];
  • un mediano plazo relacionado con la gestión que va del 2025 al 2029 que ajusta el Plan Nacional anterior y lo actualiza en función de las prioridades de la nueva gestión;
  • y un largo plazo que implica la revisión y actualización de la Política con horizonte 2030-2050 en el marco de la estrategia Nacional de Desarrollo Uruguay 2050 y la revisión global del Marco Internacional de Gestión Integral de Riesgos. 

En cuanto al tipo de riesgo de emergencia y/o desastre, esta política abarca toda situación de riesgo generada por la combinación de factores de vulnerabilidad y exposición ambiental, social y económica con fenómenos adversos de origen natural, socio-natural o antrópico, que puedan generar daños y pérdidas a las personas, al ambiente y a los bienes de significación.

 

[2]  Acotado a los períodos de Gobierno Nacional y Presupuesto Quinquenal, será el instrumento que integre los ejes de la Política con las prioridades de la gestión específica de la que se trate. Ver capítulo 4 de instrumentos.

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