Gestión de la documentación
La información documentada debe cumplir con lo dispuesto por el artículo 15 del Decreto 232/010 sobre el principio de integridad, que establece:
Cada sujeto obligado debe mantener los documentos de forma tal que se facilite su localización, consulta y reproducción, a través de la utilización de métodos y técnicas que permitan la sistematización de la información y la utilización de nuevas tecnologías en la administración documentaria. (Decreto 232/010, 2010, artículo 15)
La información referente a sistemas que utilicen inteligencia artificial deberá estar debidamente localizable para que, en los casos de solicitudes de acceso a la información pública pueda ser analizada y posteriormente entregada en los plazos previstos en la normativa, y además pueda ser ubicable de forma rápida.
En el caso de ejercicio del derecho de información previsto en el artículo 13 de la Ley 18.331 de Protección de Datos Personales, la información referida en el literal G debe brindarse en un plazo de 5 días hábiles.