Publicación de Declaraciones Juradas de Bienes e Ingresos - Cámara de Representantes
Declaraciones Juradas de Bienes e Ingresos de funcionarios de acuerdo a lo establecido en el Art. 12 Bis de la Ley Nº 17.060 en el texto dado por la Ley Nº 19.797.
Artículo 12 Bis de la Ley Nº 17.060 en el texto dado por la Ley Nº 19.797: Senadores, Representantes Nacionales, Ministros de Estado, Subsecretarios, Directores Generales de Secretaría, Ministros...
Declaraciones Juradas de Bienes e Ingresos de funcionarios de acuerdo a lo establecido en el Art. 12 Bis de la Ley Nº 17.060 en el texto dado por la Ley Nº 19.797.
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Se informa que la atención al público para la recepción de las declaraciones juradas en formato papel, se realizará únicamente mediante agenda web previa.
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