Comunicado de AIN

Se prorroga la aplicación del régimen de quita en las sanciones pecuniarias

Se comunica la prórroga de la aplicación del régimen de quita en las sanciones pecuniarias establecidas por la Ley N° 18.930 y Capítulo II de la Ley N° 19.484 y ajuste en la graduación de las multas por incumplimientos establecidas en el artículo 32 de la Ley N° 19.484.
decretos

Se informa que, por Decreto Nº 92/021 del 23.03.2021, se establece la prórroga en la aplicación de la reducción del 50% (cincuenta por ciento) establecida en el Decreto N° 274/020, de 13 de octubre de 2020, por el que se establece un régimen de quita del 50% en las sanciones pecuniarias aplicables por el incumplimiento de las obligaciones de informar titularidad de participaciones patrimoniales y/o beneficiario final, establecidas por las Ley N°. 18.930 y Capítulo II de la Ley N° 19.484.

Para poder ampararse al citado régimen, las entidades deben de encontrarse con plazo vencido al 21.10.2020, efectuar las comunicaciones correspondientes ante el Banco Central del Uruguay hasta el 30.04.2021 inclusive, y proceder al pago o a la suscripción de convenio de la/s multa/s aplicable/s también hasta el 30.04.2021 inclusive.

Por su parte, cabe recordar que por Resolución de la Auditoría Interna de la Nación de fecha 21.10.2020 (ver archivo adjunto), se establecen nuevas escalas para la graduación de las sanciones establecidas en el Capítulo II de la Ley N° 19.484, previendo una reducción del monto de las multas por incumplimiento de las obligaciones relativas a los beneficiarios finales.

Las nuevas escalas serán aplicables para incumplimientos producidos a partir del 22 de octubre de 2020.

 

Respecto al pago de las sanciones correspondientes, si se efectúa al contado, se deberá realizar mediante transferencia bancaria o depósito (cuenta corriente en el BROU 001554581-00050).

Si se opta por suscribir convenio de pago, ver Instructivo de Convenio en nuestra página web.

De forma posterior e inmediata, se deberán acreditar tales extremos ante la Auditoría Interna de la Nación, mediante la realización en la modalidad “en línea” del trámite

Pago de multas: arts. 8º y 9º Ley 18.930 art. 4º Ley 19.288 y Ley 19.484.

Acceda aquí a los Simuladores para su cálculo.

Consulte aquí el régimen aplicable en cada caso (ver archivo adjunto).

Por consultas, dirigirse a la casilla de correo: fiscalizacion@ain.gub.uy

 

 

 

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