AUDITORIA INTERNA DE LA NACIÓN

4- MODIFICACIÓN DE DATOS

Preguntas Frecuentes

4.6- ¿Ante una modificación del capital integrado o su equivalente o del patrimonio según corresponda, se debe realizar una nueva comunicación al Registro de titulares de participaciones patrimoniales del B.C.U.?

Si, en caso de que la modificación altere los porcentajes de participación de los titulares de participaciones patrimoniales o el control de los beneficiarios finales. En caso contrario, no corresponde realizar una nueva comunicación. No obstante, deberá actualizarse la información en el próximo envío al Registro a cargo del B.C.U. 

 

Fuente:

Artículo 7 de la Ley Nº 18.930 de 17/07/2012.

Artículo 30 de la Ley Nº 19.484 de 05/01/2017.

Artículos 8 y 9 del Decreto Nº 247/012 de 02/08/2012.

Artículos 11 y 12 del Decreto Nº 166/017 de 26/06/2017.

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