AUDITORIA INTERNA DE LA NACIÓN

5- FIRMA Y CERTIFICACIÓN NOTARIAL

Preguntas Frecuentes

5.2- ¿Puede un escribano certificar la firma y otro distinto hacer el envío de la comunicación al Registro de titulares de participaciones patrimoniales del B.C.U.?

No se admite que un escribano certifique firmas y otro realice el envío al B.C.U. El mismo escribano actuante en la certificación, es el que deberá completar el formulario electrónico (archivo XML) y realizar el envío de la comunicación. 

Únicamente se prevé una excepción a esta regla y es en caso de firmarse el formulario en el exterior.

 

Fuente:

Artículo 11 del Decreto N° 247/012 de 02/08/2012.

Artículo 15 del Decreto Nº 166/017 de 26/06/2017.

Etiquetas