AUDITORIA INTERNA DE LA NACIÓN

Multas - Fiscalización de Beneficiarios Finales y Titulares de Entidades Emisoras de Participaciones Patrimoniales

Datos

Multas - Fiscalización de Beneficiarios Finales y Titulares de Entidades Emisoras de Participaciones Patrimoniales - División Sociedades Anónimas

Multas Aplicables por Incumplimientos de comunicar Titularidad y Beneficiarios Finales al BCU

 

Solicitud de información sobre sanciones pendientes de pago - art. 4° Ley 19.288

 

Levantamiento de Suspensión de Certificado de Vigencia Anual de DGI

Graduación de Sanciones ? Ley 19.484. Información disponible para el levantamiento de la suspensión del Certificado de Vigencia Anual de DGI y para la graduación de Sanciones de la Ley 19.484

Información para el levantamiento de la suspensión de Certificado de Vigencia Anual de DGI Art. 34 Ley 19.484 (adjunto)

Graduación Sanciones Art. 32 Ley 19.484 - Resolución de A.I.N. de fecha 06/04/2018 (adjunto)

 

Convenios de pago de multas impuestas por la Auditoría Interna de la Nación.

¿Qué se requiere para solicitar y suscribir un convenio?

1) Solicitud: 

Presentar escrito ante AIN, dirigido al Auditor Interno de la Nación, firmado por:
• el sujeto pasivo de la multa o por un apoderado con poder vigente otorgado ante escribano público o
• el representante legal en el caso de las personas jurídicas, acreditando la personería del solicitante.


2) Suscripción:

¿Quiénes pueden suscribirlo?
• El sujeto pasivo de la multa o por un apoderado, con poder vigente otorgado ante escribano público, cuando se trate de persona física.
• El representante legal cuando se trate de persona jurídica, debiendo acreditar la personería del solicitante.
Documentación requerida a los representantes legales: adjuntar certificado notarial acreditando los siguientes aspectos:
• La existencia del sujeto pasivo que representa (control de constitución, inscripción, publicaciones y demás requisitos) y su vigencia;
• La representación (control de la forma estatutaria de representación, designación, vigencia del cargo, datos personales del representante y demás aspectos que sean relevantes).


3) Pago del 20% de la deuda total.

 

Se pone en conocimiento que el pago de las multas que deban abonarse en mérito a las Leyes 18.930 y 19.288, deberá efectuarse únicamente mediante depósito o transferencia bancaria.

 

NUEVO NÚMERO DE CUENTA BROU

Se comunica a los Sres. usuarios que el nuevo número de cuenta corriente en el BROU será 001554581-00050. Esto con el fin de realizar los pagos mediante transferencia bancaria o depósito.
 

 

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