ASUNTO Nº 14/2021: FORESTAL ORIENTAL S.A. – LUIS AZANZA CASSOU - CONCENTRACIÓN ECONÓMICA.
CONCLUSIONES: la probabilidad de que la presente concentración tenga efectos sobre las distintas alternativas de mercado relevante propuesto es baja.
Resuelve: Aprobar en primera fase el acto de concentración económico de marras.
CONCLUSIONES: la probabilidad de que la presente concentración tenga efectos sobre las distintas alternativas de mercado relevante propuesto es baja.
Emitir una recomendación a la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE) a efectos que en el diseño de los pliegos licitatorios se consideren disposiciones o cláusulas que busquen...
Dar respuesta a Alejandro Alterwain indicando que la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia, entiende e interpreta que para el cálculo de la facturación nacional se deben sumar la...
Esta asesora sugiere dar respuesta en los términos expresados supra.
Desde el punto de vista económico, la concentración no conllevaría consecuencias negativas hacia los consumidores por lo que debería ser aprobada.
Resuelve: Aprobar en primera fase el acto de concentración económica, consistente en la compraventa de establecimiento comercial de Farmacia Britos por parte de Farmashop.
Resuelve: Tener por notificada la operación de concentración económica mediante la cual Flater S.R.L. adquiere el usufructo de la totalidad de las acciones de Tigul S.A.
Desde el punto de vista económico, la información presentada es correcta y completa, por lo que la notificación fue realizada de forma suficiente.
Resuelve: Aprobar en primera fase el acto de concentración económica, consistente en la compraventa de establecimiento comercial de Farmacia Rocha por parte de Farmashop.