Declaraciones juradas de producción del período 2018/1 se presentan del 8 de octubre al 6 de noviembre

Se publican los plazos y detalles de la presentación de declaraciones juradas on-line que deben presentar los titulares de concesiones para explotar y permisos de exploración, correspondientes al período 2018/1 (1 de abril al 30 de setiembre de 2018).
Foto mina

Los titulares de concesiones para explotar y permisos de exploración con autorización al amparo del Art. 97 del Código de Minería tendrán plazo para presentar las declaraciones juradas on-line correspondientes al período 2018/1 (1 de abril al 30 de setiembre de 2018) y para realizar los pagos desde el 8 de octubre hasta el 6 de noviembre.

Aquellos  titulares o responsables mineros que requieran asistencia personalizada (previamente se recomienda leer el Instructivo para el uso de las aplicaciones Canon On Line y SPWeb) para realizar la Declaración Jurada de Producción en LICA y eGuías (leer instructivo) podrán concurrir a nuestras oficinas de acuerdo al siguiente calendario:

Último dígito del Nº de empresa                      Fechas

0 y 1                                                           lunes 8 y martes 9 de octubre

2 y 3                                                           miércoles 10 y jueves 11 de octubre

4 y 5                                                           viernes 12 y martes 16 de octubre

6 y 7                                                           miércoles 17 y jueves 18 de octubre

8 y 9                                                           viernes 19 y lunes 22 de octubre

 

Las declaraciones juradas con producción y utilización de guías papel en el semestre deberán abonar dos timbres profesionales de forma electrónica (con valor de $ 170 cada uno al 31/12/2018).

Las declaraciones juradas con producción, sin utilización de guías en el semestre o declaración jurada sin producción, deberá abonar un timbre profesional de forma electrónica (con valor $ 170).

Al momento de presentar los certificados guías papel deberá adjuntar tres impresiones del formulario de guías declarado y confirmado.

Por consultas, comunicarse con sección Liquidación de Cánones (por declaraciones juradas; tel. 2200 1951/52 int. 720) y División Contralor Fiscal (por eGuías o guías papel; tel. 2200 1951/52 int. 719, 735 y 739).

 

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