Fechas para presentar declaraciones juradas 2018/2

Del 8/4 al 13/5, los titulares de concesiones para explotar y permisos de exploración con autorización, al amparo del artículo 97 del Código de Minería, tendrán plazo para presentar y pagar las declaraciones juradas on line correspondientes al período 2018/2 (1/10/18 al 31/3/19).
Foto ilustración online web 1920

Las declaraciones juradas con producción y utilización de guías papel en el semestre deberán abonar dos timbres profesionales de forma electrónica, con valor de $ 170 cada uno (al 30/6/19).

Las declaraciones juradas con producción sin utilización de guías, o declaración jurada sin producción, deberá abonar en el semestre un timbre profesional de forma electrónica, valor $ 170.

Al momento de presentar los certificados guías papel, también se deberán presentar tres impresiones del formulario de guías declarado y confirmado.

Se recomienda leer el instructivo para el uso de las aplicaciones Canon On Line y SPWeb para realizar la Declaración Jurada de Producción y eGuías.

Por eGuias o guías papel se atiende en la oficina Contralor Fiscal (tel. 2200 1951/52, int. 719, 735 y 739). Las consultas se dirigen al correo electrónico guias@miem.gub.uy.

Por Declaración Jurada de Producción, comunicarse con Liquidación de Cánones (tel. 2200 1951/ 52,  int. 720). 

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