Prórroga vtos matrículas

Importante: Prórroga de vencimiento de matrículas para instaladores de gas

Se prorrogan vencimientos de matrículas de instaladores de gas hasta el 31 de diciembre de 2022. Esto incluye aquellas otorgadas cuyo vencimiento caducaba entre marzo de 2020 y marzo de 2022.
comunicado

Se copia la resolución de la Dirección Nacional de Energía que prorroga los vencimientos de matrículas de instaladores de gas que caducaban entre marzo de 2020 y marzo de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022.

 

VISTO: el Decreto n°216/002 de fecha 13 de junio de 2002, el cual aprueba el "Reglamento de Instalaciones de Gases Combustibles";.

RESULTANDO:I) que conforme a lo previsto en el artículo 3 del decreto citado se creó el Registro de Instaladores y Empresas Instaladoras de Gases Combustibles en la órbita de la Dirección Nacional de Energía del Ministerio de Industria, Energía y Minería;..

II) que según lo dispuesto en el capítulo V) se establece que hasta que se disponga lo contrario la Autoridad Reguladora Competente (ARC) será la Dirección Nacional de Energía;..

III) que el punto 2 denominado "Registro de instaladores matriculados de gas" previsto en el Capítulo IV de dicho reglamento, establece que los carnés de Instalador Matriculados de gas, cualquiera sea su categoría, tendrán una vigencia de 5 años, debiendo renovarse antes de su caducidad ante la Autoridad Reguladora Competente previa solicitud del interesado;..

IV) que a los efectos de solicitar la mencionada renovación, el Instalador Matriculado de gas en el caso de la Categoría IG-1 deberá certificar haber realizado un mínimo de diez instalaciones durante el período de vigencia del carné de instalador, mientras que para la Categoría IG-2, deberá certificar que ha realizado un mínimo de cinco instalaciones en dicho período , y para la Categoría IG-3 deberá presentar en la Dirección Nacional de Energía la información de todos los trabajos realizados en el período de vigencia del carné, no requiriéndose un mínimo específico para su otorgamiento;..

V) que el estado de emergencia sanitaria producto del COVID-19 por el cual se encuentra atravesando el país, ha condicionado y limitado las actividades presenciales en los distintos ámbitos laborales, en virtud de las distintas medidas de prevención implementadas para prevenir el contagio del virus;..

CONSIDERANDO: que en atención a lo expuesto, esta Dirección Nacional considera que la situación de pandemia vivida en el país amerita la consideración de fuerza mayor suficiente como para entender conveniente la prórroga de la vigencia de los carnés de Instaladores Matriculados de gas, cualquiera sea su categoría, que hayan caducado o vayan a caducar desde marzo de 2020 hasta marzo de 2022;...

ATENTO: a lo expuesto, y a lo dispuesto por el Decreto n°216/002 de 13 de junio de 2002, el Decreto n°93/020 de 13 de marzo de 2020, y la Resolución del Poder Ejecutivo n°26/012 de fecha 1 de febrero de 2012.

EL DIRECTOR NACIONAL DE ENERGÍA

RESUELVE:

1°) Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2022, la vigencia de los carnés de Instalador Matriculado de gas, cualquiera sea su categoría, que hayan caducado o vayan a caducar en el período de que va desde marzo de 2020 hasta marzo de 2022.

2°) La presente resolución podrá ser reconsiderada por URSEA, de mutuo acuerdo con la Dirección Nacional de Energía, en virtud de los establecido en el artículo 174 de la Ley de Rendición de Cuentas N°19.996, de 3 de noviembre de 2021.

3°) Actualícese el registro de Instaladores matriculados de gas que lleva a cabo la Dirección Nacional de Energía.

4°) Notíquese, comíquese y cumplido, archívese.

 

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