Industrias que incrementen sus exportaciones obtendrán descuento en la factura de energía eléctrica

La medida consiste en un descuento comercial en la facturación por el cargo de energía eléctrica sin IVA, en base al aumento del volumen físico exportado en un trimestre con respecto a un trimestre base definido.
Podrán postularse al presente programa de beneficios aquellas empresas que cumplan simultáneamente las siguientes condiciones:
- Suscriptores de UTE
- Empresas industriales según su giro principal (Sección C, Divisiones 10 a 33 del Código CIIU, Revisión IV)
- Empresas que no estén localizadas en zonas francas
Para poder postularse al mismo deberán completar el formulario web.
Y presentar ante el MIEM la documentación detallada en el instructivo del decreto.
La convocatoria estará abierta a partir del viernes 18 de mayo de 2018 hasta el viernes 29 de junio de 2018.
El mismo podrá ser otorgado por un período inicial de hasta un año, y podrá ser prorrogado por otro período igual siempre que se cumplan las condiciones establecidas por el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM).
Sobre el beneficio
El beneficio, aprobado por decreto, fue anunciado por la ministra de Industria, Energía y Minería, Ing. Carolina Cosse, durante el Consejo de Ministros realizados en la localidad de La Macana (Florida). En esa oportunidad la jerarca calificó esta acción como “una muy buena noticia para la industria” y agregó que “forma parte de las medidas innovadoras que estamos llevando adelante vinculando producción con beneficios energéticos.”
¿Cómo se aplica el beneficio?
El porcentaje de descuento se calculará en base a la variación porcentual del volumen físico exportado, con respecto al volumen físico vendido total de la empresa, y en relación al mismo período base definido. El máximo del porcentaje de descuento en el cargo de energía será de 25%.
Industrias beneficiarias
Aquellas empresas suscritoras de UTE categorizadas como industriales según su giro principal (Sección C, Divisiones 10 a 33 del Código CIIU, Revisión IV) y localizadas en territorio nacional, con excepción de las empresas industriales alcanzadas por la Ley N° 15.921 de 17 de diciembre de 1987 y sus modificativas.
Presentación del beneficio
El jueves 17 de mayo a la hora 11.00. en la sala de la Constitución del Cabildo de Montevideo se realizará una presentación de esta herramienta y el procedimiento para acceder al beneficio.
Industria y consumo de energía eléctrica en Uruguay
Estas acciones de apoyo a la industria complementan los Beneficios para industrias eficientes y electrointensivas, constituyéndose en herramientas que buscan apoyar tanto al sector industrial como a otros que se irán sumando a corto plazo.
El presente programa de beneficios no podrá ser usufructuado en forma simultánea con los beneficios promovidos por el Decreto N° 361/015 de 29 de diciembre de 2015 y el Decreto N° 118/017 de 2 de mayo de 2017.
Conozca el Instructivo del Decreto N° 135/018 aprobado el 7 de mayo de 2018.
Galería de imágenes

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Descargas
- Decreto 135/018 (.pdf 484 KB)
- Invitación al evento de presentación del beneficio (.jpg 122 KB)
- Instructivo del Decreto N° 135/018 aprobado el 7 de mayo de 2018 (.pdf 683 KB)
- Resolución del instructivo del beneficio a industrias exportadoras 135-018 (.pdf 206 KB)
- Presentación del beneficio en la charla expositiva del Cabildo de Montevideo (.pdf 1022 KB)