Grupos motopropulsores

Se abre consulta pública sobre Reglamento Técnico Mercosur vinculado a vehículos eléctricos

La Dirección Nacional de Industrias (DNI) del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM) somete a consulta pública el proyecto de Resolución n.º 09/23, elaborado en el ámbito de la Comisión de la Industria Automotriz (CIA) del Subgrupo de Trabajo n.º 3 Reglamentos Técnicos y Evaluación de la Conformidad (SGT n.º 3) del Mercosur. Este aprueba el Reglamento Técnico Mercosur sobre Grupos Motopropulsores de Vehículos Eléctricos, que tiene como objetivo mejorar la seguridad vial de los estados que lo integran.
Puerta de un auto eléctrico, en colores blanco y verde

Antes de su aprobación, se somete a consulta pública el proyecto de Resolución n.º 09/23, elaborado en el ámbito de la Comisión de la Industria Automotriz (CIA) del Subgrupo de Trabajo n.º 3 Reglamentos Técnicos y Evaluación de la Conformidad (SGT n.º 3) del Mercosur. Este aprueba el Reglamento Técnico Mercosur sobre Grupos Motopropulsores de Vehículos Eléctricos.

Este proyecto de resolución busca establecer los requisitos mínimos de seguridad que deben satisfacer los vehículos eléctricos con relación al grupo motopropulsor eléctrico, con el propósito de mejorar la seguridad vial de los estados del Mercosur.

Para la elaboración de este Reglamento Técnico Mercosur fueron considerados el Reglamento n.º 100 de las Naciones Unidas y el Federal Motor Vehicle Safety Standard (FMVSS) n.º 305 de Estados Unidos.

La instancia de consulta pública, publicada en la Plataforma de Participación Ciudadana Digital, se encuentra abierta para todas las personas e instituciones interesadas.

En esa plataforma se encuentran otros detalles vinculados con la consulta pública, en todas sus etapas.

Los aportes recibidos serán puestos en consideración de los especialistas técnicos que participaron en la discusión y elaboración del documento. De entenderse pertinente, serán tomados en cuenta para la consolidación de un posicionamiento país en el ámbito del SGT n.º 3, donde se deberán discutir con los representantes del resto de los estados partes. De acuerdo a los procedimientos previstos en la Res. GMC n.º 45/17 , de alcanzarse un consenso, el proyecto definitivo será elevado para consideración del GMC y eventualmente aprobado en dicho órgano decisorio para su posterior incorporación al ordenamiento jurídico nacional.

El proyecto en consulta será eventualmente notificado al Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), por lo que se encuentra prevista la recepción de propuestas provenientes de otros Miembros de la OMC fuera del Mercosur.

Por dudas, comentarios o sugerencias sobre esta consulta pública se encuentra disponible el correo electrónico consultas.publicas@miem.gub.uy.

Enlaces relacionados

Etiquetas