Modificaciones

Se aprueba la UY 123 Norma de Radioterapia, versión 03

Se publica la Resolución n.º 29/24, en la que se aprueba la UY 123, versión 03. Los nuevos cambios eliminan el proceso de rúbrica y establecen los requisitos para que los físicos médicos con formación básica de licenciatura en Física Médica, Física o equivalente, y con experiencia clínica notoria de seis años y más de 10.000 horas, sean autorizados como físicos médicos cualificados.
Manos de hombre con documentos; a su lado, en una mesa, lentes y una laptop

El 20 de mayo fue publicada la Resolución n.º 29/24, en la que se aprueba la UY 123 Norma de Radioterapia, versión 03. En esta nueva versión de la norma se modifican disposiciones transitorias que son fundamentales para definir el tránsito ordenado y gradual hacia el cumplimiento de los nuevos requerimientos normativos contenidos en esta.

La ARNR del MIEM trabajó desde diciembre de 2023 en la organización de un proceso de rúbrica que permitiera a los físicos médicos demostrar sus competencias y obtener el nivel de físico médico cualificado, tal y como estaba definido en la versión anterior. 

Desde febrero se realizó la convocatoria, se recibió a los físicos médicos que solicitaron reunirse y se respondieron consultas formuladas por correo electrónico. Al mismo tiempo, se contactó a destacados físicos médicos de la región que estuvieron dispuestos a contribuir como evaluadores, bajo la premisa de que actuaran con total independencia técnica.

A pesar de todo el esfuerzo realizado y de la total transparencia con la cual la ARNR trabajó para organizar este proceso de rúbrica existieron cuestionamientos sobre la legitimidad y transparencia del proceso, y sobre la capacitación y competencias de los físicos médicos expertos internacionales que fueron designados, lo que demostró que no existían las condiciones para realizar la rúbrica.

Atendiendo a lo explicado anteriormente, se modificaron las disposiciones transitorias 4 y 5 que regulaban el proceso de rúbrica en la versión previa de la Norma UY 123. 

Los nuevos cambios eliminan el proceso de rúbrica y establecen los requisitos para que los físicos médicos con formación básica de licenciatura en Física Médica, Física o equivalente, y con experiencia clínica notoria de seis años y más de 10.000 horas, sean autorizados como físicos médicos cualificados.

 

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