Decreto N° 122/025 Prorroga el beneficio dispuesto en el artículo 1.º del Decreto n.º 269/020, relativo a la tasa de detracción para las exportaciones de cueros bovinos
Se extiende por un plazo de 12 meses la aplicación de detracciones a las exportaciones de cueros crudos, salados, piquelados y wet blue en Uruguay.