Resolución N° 441/015 Disposiciones sobre el Sistema de Notificaciones Electrónicas de Dinamige

Se reglamentan las disposiciones para dar cumplimiento al Decreto Nº 284/015, en el cual se establece la obligatoriedad de constituir domicilio electrónico para todas aquellas personas físicas o jurídicas que estén tramitando o que ya sean titulares de permisos de prospección, exploración, concesiones para explotar, servidumbres mineras y autorizaciones especiales y/o precarias. También es obligatorio para quienes inicien dichos trámites en el futuro.

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