Registro de Software

Con la sanción de un decreto, termina el proceso de traspaso del Registro de Software de la órbita de la Biblioteca Nacional a al Dirección Nacional de la Propiedad Industrial, de acuerdo a lo establecido en la Ley n.° 20.212.

Con el traspaso del Registro de Software de la órbita de la Biblioteca Nacional a la de la DNPI (Ley n.° 20.212), se busca agilizar y facilitar la protección de un sector estratégico para la economía nacional, que aporta significativamente al PBI y genera conocimiento e innovación. Entre otras cosas, con este cambio se aprovechan las capacidades existentes en la DNPI.

Para los solicitantes se pone a disposición un sistema de presentación completamente en línea y una base pública que da la posibilidad de seguir los trámites en tiempo real, las 24 horas del día.

Por consultas adicionales, puede contactarse el mail registro.software@miem.gub.uy.

Instructivo para creación de usuario Web

Presentación de Registro de Software

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