Acta correctiva de ajuste

[Acta registrada]

ACTA de CONSEJO DE SALARIOS :En la ciudad de Montevideo, el día  29 de febrero de 2016, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 13, “Transporte y Almacenamiento”, Sub-Grupo Nº 11 “ Servicios Logísticos”, Literal B) “ Empresas que brindan servicios de carga y descarga, estiba realizada para terceros, dentro del territorio nacional, (excepto Puertos, Depósitos fiscales, Aeropuertos, en régimen de Ley de Puertos Ley 16.246)”; F) Embalaje con fines de transporte y H) Terminales Terrestres de Carga, integrado por: DELEGADOS DEL PODER EJECUTIVO: Las Dras. Cecilia Siqueira y Maria Noel Llugain. DELEGADOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES: Los Sres. Juan Dorado y Eduardo Aguirre. Y DELEGADOS REPRESENTANTES DE LOS EMPRESARIOS: Los Sres. Gerardo Castillo y Victoria Marquez.

ACUERDAN QUE:

PRIMERO: Se procede a corregir el acta de ajuste del 26 de enero de 2016, debido a que se padeció error en la cláusula quinta de la referida acta.

SEGUNDO: El ajuste salarial que corresponde aplicar a partir del 1° de enero de 2016, de acuerdo a lo establecido en el laudo vigente del sector es del 6.83 %. Dicho porcentaje se debe aplicar a todos los salarios nominales vigentes del sector y no sólo sobre los salarios mínimos y aquellos hasta un 5 % por encima de los mínimos.

TERCERO:Ajustes salariales. En definitiva, se establece a partir del 1º de enero de 2016 un  ajuste salarial sobre los salarios nominales vigentes del 6.83 %, resultante de la acumulación de los siguientes ítems:

A) 2.5 %por concepto de inflación esperada para el período 01.01.16 al 30.06.16 resultante de lo acordado en la cláusula Cuarta.

B) 2% por concepto de crecimiento.

C) 2.18 %por concepto de correctivo de inflación por el período 01.07.15 al 31.12.15.

CUARTO: De acuerdo a lo antes expuesto se establecen los salarios mínimos  según tabla adjunta.

QUINTO: Leída que fue la presente, se ratifica su contenido firmando a continuación en seis ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

TABLA DE SALARIOS MÍNIMOS 01/01/2016 SALARIOS MENSUALES NOMINALES  SALARIOS NOMINALES HORA
CATEGORIA Ajuste 01/01/16 – 6.83 %  
PEON/OPERARIO $U 14.426,00 $U 70,59
PEON/OPERARIO PRÁCTICO $U 15.092,00 $U 75,42
PEON/OPERARIO CALIFICADO $U 15.332,00 $U 76,62
CHOFER Se rige por Grupo 13 Subgrupo 7
CHOFER AUTOELEVADOR $U 18.832,00 $U 94,14
OFICIAL  DE $U 18.030,00 $U 90,11
MANTENIMIENTO
CAPATAZ O SUPERVISOR $U 21.980,00 $U 109,89
PORTERO/LIMPIADOR/ $U 13.266,00 $U 66,30
VIGILANTE/SERENO
AUXILIAR ADMINISTRATIVO $U 15.332,00  
JEFE $U 30.701,00  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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