Ajuste Julio 2017

Acta registrada

ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, el día  27   de julio de 2017, reunido el Consejo de Salarios del Grupo 13 "Transporte y Almacenamiento", Sub-Grupo 07 "Transporte terrestre de carga. Nacional. Todo tipo de Transporte de carga para terceros, exceptuando los mencionados en otros grupos. Servicios de autoelevadores grúas y equipos para movilización de carga con chofer u operador", Capítulo 02"Transporte de leche a granel", integrado por: DELEGADOS DEL PODER EJECUTIVO: Las Dras.  Cecilia Siqueira y Luján Charrutti.  DELEGADOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES: El Sr. Santiago Ponce. Y DELEGADOS REPRESENTANTES DE LOS EMPRESARIOS: El Sr. Humberto Perrone y la Sra. Ana Ibarra.

SE DEJA CONSTANCIA QUE:

PRIMERO.Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial del 1º de julio de 2017 en aplicación de lo dispuesto en el acuerdo por mayoría de fecha 15 de diciembre de 2016.

SEGUNDO. Que en virtud de lo establecido en las cláusulas sexta 3), y octava 3), del referido acuerdo, se establecen los siguientes ajustes salariales.

A.- Ajuste salarial para la categoría chofer de semirremolque cisterna de leche con tecnología y chofer de camión cisterna con tecnología.

Se establece con vigencia a partir del 1ero de julio de 2017 un  incremento salarial del 1,74%   sobre los salarios nominales vigentes al 30 de junio de 2017 resultante de la acumulación de los siguientes ítems.

a.- 3.75% por concepto de inflación proyectada.

b.- -3.10 % por concepto de correctivo resultante de la comparación entre la inflación esperada y la efectivamente registrada en el período 01.07.2016 al 30.06.2017.

c.- 1.20% por concepto de crecimiento.

B.- Ajuste salarial para las categorías chofer de semirremolque cisterna de leche sin tecnología y chofer de camión cisterna de leche sin tecnología.

Se establece con vigencia a partir del 1ero de julio de 2017 un  incremento salarial del  1.29 %   sobre los salarios nominales vigentes al 30 de junio de 2017 resultante de la acumulación de los siguientes ítems.

a.- 3.75% por concepto de inflación proyectada.

b.- -3.10 % por concepto de correctivo resultante de la comparación entre la inflación esperada y la efectivamente registrada en el período 01.07.2016 al 30.06.2017.

c.- 0.75 % por concepto de crecimiento.

 

CATEGORÍA

Jornal mínimo al  01.07.2017

Chofer de Camión Cisterna de Leche sin tecnología

$1.008,32

Chofer de Camión Cisterna de Leche con tecnología

$1.012,80

Chofer de Semirremolque Cisterna de Leche sin tecnología

$1.054,59

Chofer de Semirremolque Cisterna de Leche con tecnología

$1.059,28

Chofer Interplanta (se regula por el grupo 13 subgrupo 07 categoría chofer de semirremolque de combustible (A6)

-------------------

TERCERO.  Masa salarial:De acuerdo a las estipulaciones estatuidas en el Acuerdo de fecha 24/10/2013, se estableció que  para los trabajadores de las categorías chofer de semirremolque cisterna de leche y chofer de camión cisterna de leche, ambas con y sin tecnología respectivamente, con un mínimo de 100 jornales de antigüedad en la empresa, un monto mínimo de masa salarial mensual equivalente a 23 jornalesmultiplicado por el coeficiente 1.  Los trabajadores comprometen su disposición a trabajar los tiempos necesarios para cubrir estos mínimos, si fueran convocados por la empresa y a justificar su imposibilidad si no fuera posible hacerlo. Si no se justificara esta imposibilidad se descontará 1/23 avo. de estos valores por cada día no trabajado. Si no fueran convocados a trabajar para cubrir estos tiempos necesarios, la empresa estará obligada a cumplir con estos montos mínimos.

Los 23 jornales del Chofer de Camión Cisterna de Leche sin tecnología multiplicados por el referido coeficiente ( 1) equivale  a la fecha $ 23.191,36  ; para la categoría Chofer de Camión Cisterna de Leche con tecnología $ 23.294,40 ; para la categoría de Chofer de Semirremolque Cisterna de Leche sin tecnología $ 24.255,57; para la categoría de Chofer de Semirremolque Cisterna de Leche con tecnología $ 24.363,44

Las empresas que por sus particularidades operativas puedan justificar que habitualmente sus trabajadores trabajan menos de 18 días por mes, podrán realizar conveniosdonde este coeficiente será de 0,8. Estos convenios deberán ser revisados por la Comisión Interpretativa que se creó en el acuerdo de fecha 24 de octubre de 2013.

CUARTO: MUESTRA POR SERVICIO DE RECOLECCIÓN: A partir del 01.07.2017 se pagará por concepto de muestra por servició de recolección la suma de $ 47,39.

QUINTO: VIÁTICOS: A partir del 01.07.2017 se pagará por concepto de viático la suma de $ 172,70.

CUARTO: PARTIDA ESPECIAL POR TRABAJO EN DÍA DOMINGO,  De acuerdo a lo dispuesto en el referido acuerdo por mayoría suscrito el 15 de diciembre de 2016, se acordó la creación de esta partida con la siguiente regulación: a) La misma se generará por cada jornada efectiva de trabajo el día domingo, cuando dicho día no corresponde al descanso semanal del trabajador (en dicho caso se pagará de acuerdo a lo que dispone la normativa jurídica), b) El valor sobre el cual se calculará esta partida, será el valor del jornal que percibe cada trabajador con un tope de un 5% sobre el valor jornal laudo ( al diciembre/2016 la base máxima sobre la que se calcula esta partida es:   $1.041.16  x 1,05 = $1.093.22 para el Chofer de Semirremolque Cisterna de leche (con y sin tecnología) y para el Chofer de Camión Cisterna (con y sin tecnología)  $ 995.48 x 1.05= $1.045.25) respectivamente.

A partir del 01.07.2017 se abonará por concepto de esta partida un 50% del valor jornal  del trabajador hasta lo establecido precedentemente, siendo el valor mínimo de:

$ 1.008,32 x 0.5= $504,16 para el Chofer de Camión Cisterna de Leche sin tecnología ;

$ 1.012,80 x 0.50 = $ 506,40   para el Chofer Camión Cisterna de Leche con tecnología;

$ 1.054,59 x 0.5 = $ 527, 30 para el Chofer Semirremolque Cisterna de Leche sin tecnología;

$1.059,28 x 0.5 = $ 529,64 para el Chofer Semirremolque Cisterna de Leche con tecnología.

Y los máximos, según corresponda hasta un 5% superior a estos, para quienes perciban salarios superiores a los mínimos establecidos según el numeral segundo precedente.

En el caso de superar los máximos establecidos, los valores serán los siguientes:

Chofer de camión Cisterna de Leche sin tecnología: al valor actual que percibe por el jornal, sumarle el 5% del mismo hasta un máximo de $ 529,37.

Chofer de camión Cisterna de Leche con tecnología: al valor actual que percibe por el jornal, sumarle el 5% del mismo hasta un máximo de $ 531,72.

Chofer de Semirremolque Cisterna de Leche sin tecnología: al valor actual que percibe por el jornal, sumarle el 5% del mismo hasta un máximo de $ 553.67.

Chofer de Semirremolque Cisterna de Leche  con tecnología: al valor actual que percibe por el jornal, sumarle el 5% del mismo hasta un máximo de $ 556,12.

QUINTO : El crecimiento del salario basado en un incremento diferencial compuesto por dos adicionales extras de $ cero coma cero seis cero cinco  ( $ 0,0605) por kilómetro recorrido y pesos cero coma cero cero cero seis cero cinco ( $ 0,000605) por litro transportado, este indicador tiene un mínimo a partir del 01/07/2017 de $ 41,48 por día trabajado por el chofer.

SEXTO : Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación  en seis ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

Descargas

Etiquetas