Ajuste setiembre 2009

 

ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, el día 16 del mes de setiembre del año 2009, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 13 "Transporte y Almacenamiento", Sub-Grupo Nº 02 "Transporte Terrestre de personas Internacional, Interdepartamental, Departamental Interurbano, Urbano del Interior y de Turismo", integrado por: DELEGADOS DEL PODER EJECUTIVO: Las Dras. Cecilia Siqueira, María Noel Llugain y el Lic. Bolivar Moreira; DELEGADOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES: Los Sres. Juan Arellano y Jorge González; y DELEGADOS REPRESENTANTES DE LOS EMPRESARIOS: El Cr. Sergio Blanco y el Ing. Guillermo Mateo y DELEGADOS REPRESENTANTES DE LOS EMPRESARIOS: Por el grupo 13: La Sra. Cristina Fernandez

ACUERDAN:

PRIMERO. Se procede a fijar el porcentaje de incremento a regir a partir del 1º de setiembre del año 2009.

SEGUNDO. Que en virtud de lo establecido en el acuerdo del Grupo 13, sub-grupo 02 "Transporte Terrestre de personas Internacional, Interdepartamental, Departamental Interurbano, Urbano del Interior y de Turismo", el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de setiembre del año 2009 es del 7.654 % , resultante de la acumulación de los siguientes items:

a) 2.5 % por concepto de inflación esperada para el período 01.09.09 -28.02.10 resultante del centro de la banda del B.C.U.

b) 3 % por concepto de crecimiento.

c) 1.97 % por concepto de correctivo por el período 01.03.09 al 31.08.09.

TERCERO. Por consiguiente se establecen los siguientes salarios mínimos vigentes al 1º de setiembre de 2009 por categoría, que se agregan por tabla adjunta, la cual se considera parte integrante de la presente.

CUARTO. Asimismo se procede a fijar el porcentaje de incremento de los siguientes rubros: "viático comida", "viático alojamiento" y "quebrantos" en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo suscrito el 4 de noviembre de 2008. En virtud de lo establecido en el "Capítulo I", "B.- CONDICIONES DE TRABAJO: B.l.- PERSONAL DE CARRETERA" "Viáticos Nacionales Ajuste" del referido Acuerdo, el porcentaje de incremento a aplicar a partir del 1º de setiembre de 2009 es de 4.57 % resultante de la variación del I.P.C., determinado por el I.N.E., entre la última modificación y la nueva fecha de vigencia:

a) IPC febrero 2009: 268.08.

b) IPC agosto 2009: 280.33.

En definitiva, los viáticos quedan fijados en los siguientes montos:

a) Viático comida: $ 139.36.

b) Viático alojamiento: $ 190.90.

QUINTO. Que en virtud de lo establecido en el "Capítulo I", "B.- CONDICIONES DE TRABAJO: B.l.- PERSONAL DE CARRETERA" "Quebranto de Personal de Carretera – Actualización" del referido Acuerdo, el porcentaje de incremento a aplicar será del 5.38 %, (igual porcentaje que la actualización del VPK), incremento que regirá a partir del 1º de setiembre de 2009. El quebranto para las categorías de Guarda, Conductor Cobrador y Guía de Excursión, será de: $19,08 (diecinueve con cero ocho pesos uruguayos).

SEXTO. Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación seis ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

 

A) PERSONAL DE PLATAFORMA
CONDUCTOR1,7777
GUARDA1,4815
QUEBRANTO DE GUARDA, COND. COBR. Y GUIA EXCURS.19,08
VIÁTICO COMIDA139,36
VIÁTICO ALOJAMIENTO190,90
GUÍA DE EXCURSIÓN1,2229
AUXILIAR DE ABORDO1,2229
CONDUCTOR MANIOBRISTA1,7777
CONDUCTOR GRUERO635,51
CONDUCTOR DE CAMIONETA12638,73
COBRADOR DE COCHE10906,94
CONDUCTOR COBRADOR MALDONADO (Jornal)745,15
CONDUCTOR URBANO INTERIOR421,60
GUARDA URBANO INTERIOR383,52
CONDUCTOR COBRADOR URBANO INTERIOR548,06
CONDUCTOR DE SERVICIO ZAFRAL421,60
B)PERSONAL ADMINISTRACIÓN, AGENCIAS, TRÁNSITO
MERITORIO MENOR DE 18 AÑOS7154,58
MERITORIO - 1 AÑO EN EL CARGO8849,08
AUXILIAR 2° ADMINIST, AGCIA, TRÁNSIT - 1 AÑO9792,36
CADETE (Nueva categoría desde 09/08)9792,36
AUXILIAR DE ADMINISTRACIÓN12443,24
TELEFONISTA11918,40
AUXILIAR DE VENTAS11639,59
AUXILIAR DE TRÁNSITO14497,45
REPARTIDOR ENCOMS. CON VEHÍCULO -MDEO11918,44
REPARTIDOR ENCOMS. CON VEHÍCULO -INTR10906,94
REPARTIDOR DE ENCOMIENDAS - MDEO9742,56
REPARTIDOR DE ENCOMIENDAS - INTR.9042,28
MALETERO222,55
C)PERSONAL TALLER
APRENDIZ - 1 AÑO EN EL CARGO343,78
APRENDIZ ADELANTADO - 1 AÑO EN EL CARGO387,24
PEÓN409,48
PEÓN CALIFICADO467,13
MEDIO OFICIAL (NUEVA A SET.08)523,11
OFICIAL 2º626,33
OFICIAL 1º669,27
MEDIO OFICIAL GOMERO526,18
OFICIAL GOMERO550,70
BALANCEADOR Y ALINEADOR607,93
D) PERSONAL DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS
AUXILIAR 2º ADMINISTRACIÓN TALLER (ALMACÉN)401,90
AUXILIAR ADMINISTRACIÓN TALLER (ALMACÉN)486,96
SERENO439,34
PEÓN DE LIMPIEZA Y LAVADO362,08
LIMPIADOR Y LAVADOR426,27
PEÓN DE VIGILANCIA362,08
REINTEGRO DE GASTOS POR HIJO menor 16 años279,06

E) CATEGORÍAS ELIMINADAS – PARA TRABAJADORES COMPRENDIDOS A SETIEMBRE DE 2008.

 

DE ADMINISTRACIÓN
ANALISTA23634,52
PROGRAMADOR21495,07
OPERADOR17630,90
INTRODUCTOR DE DATOS 1º15193,08
INTRODUCTOR DE DATOS 2º14212,20
CAJERO CASA CENTRAL12991,18
CAJERO DE AGENCIA11887,24
OFICIAL 1º18978,56
OFICIAL 2º17671,61
OFICIAL 3º17037,29

 DE TALLER Y MANTENIMIENTO Y SERVICIOS

AYUDANTE DE ENGRASADOR526,18
ENGRASADOR557,82
LAVADOR DE PIEZAS526,18
LAVADOR CONVENIO (+ de 6 meses)521,12
MEDIO OFICIAL 1ª607,93
PEÓN DE MANTENIMIENTO Y SERVICIO426,27
TANQUERO521,12

 

ESCALA DE ANTIGÜEDAD SECTOR INTERDEPARTAMENTAL
Incremento7,65%
VigenciaVigencia
Fecha01/09/2009
AÑOS
133,06Máximo30 años
259,36Máximo30 años
399,25Máximo30 años
4132,31Máximo30 años
5165,37Máximo30 años
6198,45Máximo30 años
7231,54Máximo30 años
8259,06Máximo30 años
9297,71Máximo30 años
10330,8Máximo30 años
11363,83Máximo30 años
12396,91Máximo30 años
13430,02Máximo30 años
14463Máximo30 años
15496,16Máximo30 años
16529,28Máximo30 años
17561,57Máximo30 años
18595,47Máximo30 años
19633,44Máximo30 años
20661,59Máximo30 años
21694,64Máximo30 años
22727,75Máximo30 años
23760,82Máximo30 años
24793,9Máximo30 años
25826,99Máximo30 años
26860,04Máximo30 años
27895,82Máximo30 años
28933,09Máximo30 años
29971,9Máximo30 años
301012,33Máximo30 años
311054,44Máximo31 añosVigencia2009
321098,3Máximo32 añosVigencia2010
331143,99Máximo33 añosVigencia2011
341191,58Máximo34 añosVigencia2012
351241,15Máximo35 añosVigencia2013
ESCALA ESPECÍFICA
REPARTIDOR DE ENCOMIENDAS CON VEHÍCULO51,36Máximo11 años
REPARTIDOR DE ENCOMIENDAS51,36Máximo11 años
COBRADOR DE COCHE128,49Máximo30 años
CAJERO CASA CENTRAL128,49Máximo30 años
AUXILIAR DE ADMINISTRACIÓN128,49Máximo30 años
TELEFONISTA128,49Máximo30 años
CAJERO DE AGENCIA128,49Máximo30 años
AUXILIAR DE VENTAS128,49Máximo30 años
AUXILIAR DE AGENCIA Y/O MOSTRADOR128,49Máximo30 años
AUXILIAR 2° ADMINISTRACIÓN AGENCIA O TRÁNSITO128,49Máximo30 años
128,49Máximo31 añosVigencia2009
128,49Máximo32 añosVigencia2010
128,49Máximo33 añosVigencia2011
128,49Máximo34 añosVigencia2012
128,49Máximo35 añosVigencia2013

 

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