Ajustes enero 2010
CTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, el día 21 de enero de 2010, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 13 "Transporte y Almacenamiento", Sub-Grupo Nº 10 "Actividades marítimas complementarias y auxiliares, agencias marítimas, operadores y terminales portuarias. Depósitos Portuarios", Capítulo "Depósitos Portuarios", integrado por: DELEGADOS DEL PODER EJECUTIVO: Las Dras. María Noel Llugain, Cecilia Siqueira y el Lic. Bolivar Moreira; DELEGADOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES: Los Sres. Marcos Mernis, Angel Lapaz y Victor Tellechea; y DELEGADOS REPRESENTANTES DE LOS EMPRESARIOS: El Dr. Alvaro Toledo y el Sr. Fernando De La Fuente.
ACUERDAN:
PRIMERO. Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial del 1º de enero de 2010 en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo suscrito el día 7 de noviembre de 2008.
SEGUNDO. Que en virtud de lo establecido en la cláusula cuarta, numeral IlI, del referido Acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2010 es del 8,99 %, resultante de la acumulación de los siguientes items:
a) 0.86 % por concepto de correctivo del Acuerdo anterior.
b) 5 % por concepto de inflación esperada, para el período 01.01.10 – 31.12.10, resultante del centro de la banda del B.C.U.
c) 2 % por concepto de incremento real de base.
d) 0.9 % por concepto de incremento real adicional.
TERCERO. DEPÓSITOS PORTUARIOS. Se establecen los salarios mínimos mensuales nominales vigentes a partir del 1º de enero de 2009 por categoría:
AUXILIAR DE LIMPIEZA
5.129
APRENDIZ / CADETE
5.220
AUXILIAR ADMINISTRATIVO Nº 1
6.616
SERENO-VIGILANTE
8.271
PEON
9.096
AUXILIAR ADMINISTRATIVO Nº 2
9.922
APUNTADOR / PEÓN ESPECIALIZADO
12.981
CHOFER / ELEVADORISTA / MAQUINISTA
12.981
ENCARGADO / CAPATAZ / SUPERVISOR
18.687
CUARTO. DEPÓSITOS PORTUARIOS: Se procede a fijar las primas que corresponden abonar a partir del 1º de enero de 2010 en aplicación de lo establecido en la cláusula sexta, numeral I) y II) del mencionado Acuerdo:
A) PRIMA POR TRABAJO NOCTURNO: 20 % sobre el valor hora a partir del 1º de enero de 2010 (porcentaje no acumulativo con el fijado para el período anterior).
B) PRIMA POR TRABAJO SUCIO: 5 % sobre el valor hora.
QUINTO. DEPÓSITOS EXTRAPORTUARIOS. Se establecen los salarios mínimos mensuales nominales vigentes a partir del 1º de enero de 2010 por categoría, los que se agregan por tabla adjunta, la cual se considera parte integrante de la presente.
SEXTO. DÉPOSITOS EXTRAPORTUARIOS: Se procede a fijar las primas que corresponden abonar a partir del 1º de enero de 2010 en aplicación de lo establecido en la cláusula décimo segunda, literales 1 y 2 del mencionado Acuerdo:
A) PRIMA POR TRABAJO NOCTURNO: 10 % sobre el valor hora.
B) PRIMA POR CONTINUIDAD OPERATIVA (LLUVIA, ALTURA Y TRABAJO SUCIO): 5 % sobre el valor hora a partir del 1º del enero de 2010 (porcentaje no acumulativo con el establecido para el período anterior).
SÉPTIMO. Dando cumplimiento a lo establecido en el Decreto del 26 de noviembre de 2007 referido a la licencia sindical del Grupo 13 "Transporte y Almacenamiento", Sub-Grupo 10 "Actividades marítimas complementarias y auxiliares, agencias marítimas, operadores y terminales portuarias. Depósitos Portuarios", Capítulo Depósitos Portuarios ", según lo dispuesto en el artículo cuarto, se procede a reajustar el valor hora para los dirigentes de rama o nacionales. A partir del 1º de enero de 2010, el valor resultante es de $ 48,91 (pesos uruguayos cuarenta y ocho con noventa y uno). En este acto se reitera que la cuenta bancaria se debe realizar el deposito de acuerdo a lo establecido en el mencionado artículo cuarto, es la caja de ahorro en pesos uruguayos en el BROU, Agencia Zabala, Nº 152-027-536-2.
OCTAVO. Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación en cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.
Nombre de la Categoria | Salarios nominales al 01/01/10 |
Jefe de Turno | 27,693 |
Técnico en Refrigeración | 23,520 |
Oficial Frigorista | 20,105 |
Medio Oficial Frigorista | 16,186 |
Lavador | 11,380 |
Técnico Mantenimiento | 22,129 |
Pañolero | 21,243 |
Asistente Mantenimiento y/o Pañolero | 17,071 |
Tecnico en Reparación de Contenedores | 26,428 |
Reparador Contenedores Nivel A | 22,509 |
Reparador Contenedores Nivel B | 18,904 |
Reparador Contenedores Nivel C | 15,554 |
Inspector de Contenedores | 23,899 |
Asistente Inpector de Contenedores | 18,335 |
Oficial Plegador | 22,509 |
Medio Oficial Plegador | 18,841 |
Asistente de Plegador | 14,732 |
Oficial en inyección y aplicación de Poliuretano | 23,772 |
Medio oficial en inyeccion | 20,042 |
Ayudante en inyección | 13,910 |
Controlador Despacho/Entrada Depósito Contenedores | 19,342 |
Assistente al Controlador Despacho/Entrada Depósito Contenedores | 11,380 |
Maquinista | 21,654 |
Auxiliar Administrativo A | 17,071 |
Auxiliar Administrativo B | 11,634 |
Aprendiz | 10,749 |
Peón | 8,598 |
Balancero | 8,598 |
Practicante | 7,081 |