Ajustes julio 2007

ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, el día 1 de julio del año 2007, reunido el Consejo de Salarios del Grupo 13 "Transporte y Almacenamiento", Sub-Grupo 07 "Transporte terrestre de carga. Nacional. Todo tipo de Transporte de carga para terceros, exceptuando los mencionados en otros grupos. Servicios de autoelevadores grúas y equipos para movilización de carga con chofer u operador",  Capítulo "Transporte de leche a granel", integrado por: Delegados  del Poder Ejecutivo: La Dra. Cecilia Siqueira y el Lic. Bolivar Moreira;  Delegados representantes de los Trabajadores: Los Sres. Richard Morales y Marylina Bracco ; Delegados representantes de los Empresarios: El Sr. Humberto Perrone y el Dr. Sergio Suero.ACUERDAN:PRIMERO. Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo por mayoría suscrito el día 29 de setiembre de 2006. SEGUNDO. Que en virtud de lo establecido en la cláusula cuarta, literal III, del referido Acuerdo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2007 es del 4,917 %. TERCERO. Por consiguiente los salarios mínimos por categoría que rigen a partir del 1º de julio de 2007 son los siguientes.

Jornal por ocho horas

Chofer de semirremolque cisterna $ 385,04

Chofer de camión cisterna $366,16

(Chofer Interplanta = Chofer de Combustible en la Carga Nacional)

Viatico $ 47,31 (Nominal)

CUARTO. Leída que fue la presente, se ratifica su contenido, firmando a continuación tres ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

Etiquetas