Primera ronda 2005 (15 nov 06)

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ACTA: A los 15 días del mes de noviembre de 2005, reunidos los delegados titulares del Consejo de Salarios del Grupo 13 "Transporte y Almacenamiento", se eleva al Sr. Director de Trabajo, Sr. Julio Baraibar, el complemento al laudo alcanzado en el Subgrupo 07 "Carga Nacional" y se solicita realice los procedimientos necesarios para su homologación.

Por el M.T.S.S.: Ec. Jorge Notaro; Dr. Enrique Estevez; Dra. Cecilia Siqueira; Lic. Mariana Sotelo; Lic. Bolívar Moreira. Por la delegación sindical: Sr. José Fazzio; Sr. J. Angel Llopart Por la delegación empresarial: Sra. Cristina Fernández; Sr. Ernesto Toledo.

En la ciudad de Montevideo, a los 15 días del mes de noviembre de 2005, reunidos los delegados titulares del Grupo 13, subgrupo 07 "Carga Nacional", representando al Poder la Dra. Cecilia Siqueira y el Soc. Bolivar Moreira, siendo los representantes empresariales el Sr. Humberto Perrone y Gustavo González en su calidad de delegados titulares y siendo los representantes sindicales los Sres. Jorge Rey y Gustavo Vitalis y Juan Llopart en su calidad de delegado titular de los trabajadores en el grupo 13. En su calidad de delegados titulares acuerdan: Primero: Aquellas empresas, que hasta el día de la fecha, abonen parte de los salarios en partidas no gravadas (Ley Nº 16713 Art. 167), de acuerdo a la legislación vigente, podrán continuar haciéndolo. Segundo: Aquellas empresas, que hasta el día de la fecha, abonen parte de los salarios en partidas no gravadas, a los efectos de cumplir con el ajuste salarial pautado para el 1º de julio de 2005 podrán incluir estas partidas en dicho ajuste. Tercero: Aquellas empresas, que hasta la fecha no abonen parte del salario con dichas partidas; para poder incluirlas, deberán contar con el consentimiento expreso del trabajador que las percibirá. Cuarto: La situación prevista en la cláusula "Primero" podrá ser objeto de revisión o modificación, sin efecto retroactivo y por acuerdo de partes dentro de los 90 días posteriores a la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial. Leída que le fue la presente acta, se firma y se solicita al Poder Ejecutivo realice los procedimientos necesarios para su homologación.

 

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