Servicio móvil celular

Registro obligatorio de titulares de todos los servicios móviles celulares

Las personas físicas o jurídicas que adquieran servicios de las operadoras de servicios móviles, deben registrarse para poder comenzar a utilizar las redes correspondientes. Aquellas personas físicas o jurídicas que hubieren contratado los servicios con anterioridad, deberán realizar su registro o completar sus datos de identificación.

En el marco del cumplimiento del Artículo 75 de la Ley Nº 19.149 de 24 de octubre de 2013, el Decreto reglamentario Nº 274/014 de 1° de octubre de 2014 y disposiciones de URSEC, las empresas operadoras de servicios móviles (ANTEL, AM Wireless Uruguay S.A.-Claro- y Telefónica Móviles del Uruguay S.A. –Movistar-), están culminando el registro de los titulares de los servicios móviles pre-pagos.

Los datos solicitados a las personas físicas o jurídicas que contraten servicios prepagos o postpagos son los siguientes:

  1. Nombre de quien contrata el servicio
  2. Número y tipo de documento legal de identificación de quien contrata el servicio, debiendo incluirse el Documento Nacional de identidad, o Pasaporte o Registro Único Tributario (RUT)

A dichos efectos, las empresas operadoras se comunicarán con sus clientes a fin de hacer efectivo el registro, habilitando a los usuarios a hacerlo de forma electrónica, telefónica o personal.

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