Aclaración sobre situación actual de los cargos por roaming con Brasil
A continuación se comparte el Estado de situación Roaming MERCOSUR – Decisión MERCOSUR/CMC/DEC. N° 01/19.
Al día de la fecha Argentina, Uruguay y Paraguay han internalizado el Acuerdo y se encuentran en condiciones de implementación del mismo.
Brasil ha ratificado el Acuerdo a nivel del Congreso por Decreto Legislativo N° 192/2025 el 3 de setiembre de 2025 y depositado el instrumento de ratificación del Acuerdo en Paraguay el 27/10/2025, restando aún la promulgación por parte de la Presidencia de Brasil para que la internalización esté completa.
Una vez que se complete esta instancia, los cuatro Estados Parte estarán en condiciones de su implementación. Para avanzar y en base a las condiciones del Acuerdo, se están efectuando reuniones entre los organismos reguladores para el ajuste de los términos bilaterales.
Detalles de ratificación:
- URUGUAY => Ley N° 19.897 de 28 de agosto de 2020, habiendo efectuado el depósito del instrumento de ratificación el 11 de octubre de 2020.
- PARAGUAY => Ley N° 7.173 de 16 de octubre de 2023
- ARGENTINA => Ley N° 27.740 de 18 de abril de 2024
- BRASIL => Proyecto de Decreto Legislativo (PDL) N° 159/2022 Aprobado por el Senado 21/08/2025 por unanimidad y sin discusión, fue promulgado por Decreto Legislativo N° 192/2025 el 3 de setiembre de 2025 y depositado el instrumento de ratificación del Acuerdo en Paraguay el 27/10/2025. Por el art. 8 del Acuerdo, entró en vigencia para Brasil, el 21/11/2025. Pero para su internalización falta la promulgación de un decreto de Presidencia de Brasil
Entre Paraguay y Uruguay el Acuerdo entró en vigor el pasado 22 de febrero de 2024; así como entre Argentina y Uruguay, la misma entró el pasado 29 de diciembre de 2024.
