Radiodifusión

Vencimientos de autorizaciones de los servicios de radiodifusión de radio

Considerando las diversas inquietudes recibidas en relación a los vencimientos de las autorizaciones de los servicios de radiodifusión de radio, les recordamos lo dispuesto en los artículos 265 y 266 de la Ley N° 20.212 de fecha 06/11/2023.

Artículo 265: Establécese que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión comunitaria que fueron otorgadas por resoluciones del Poder Ejecutivo N° 885/008, de 24 de octubre de 2008 y N° 141/011, de 23 de marzo de 2011, y que continúen emitiendo, vencerán el 31 de diciembre de 2030.

Artículo 266: Establécese que las autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión de radio y la correspondiente concesión de su uso y asignación de espectro radioeléctrico que fueron otorgadas por un plazo de diez años de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, durarán hasta el 31 de diciembre de 2030.

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