Resolución G.i.t. – Administración Del Espectro N° 163 de fecha 29/07/2022 - AERO CLUB PAYSANDÚ Y OTROS
UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES
Trámites: Nros.2022-71-3515 2022–71-3516 2022-71-3726 2022-71-4661 2022-71-4839 2022-71-4840 2022-71-4841 2022-71-4842 2022-71-4843 2022-71-4844 2022-71-4845
Resolución: Nro. 163/GIT/DAE/2022
Montevideo, 29 de julio de 2022.
VISTO: las solicitudes formuladas por AERO CLUB PAYSANDU, Carlos TAGLIANI MANZOR-Gerardo RODRIGUES DE LEON y CHARLES CHALKLING S.A. para que se expidan las correspondientes licencias a las estaciones radioeléctricas que se encuentran abordo de las aeronaves “CXBGA-CXEAP-CXEVU-CXPAY-CXCMC-CXALQ-CXBEV-CXBGBCXPAF-CXDON y CXBVQ”.
RESULTANDO: que para expedir la licencia de estación, corresponde previamente efectuar las inspecciones verificativas del funcionamiento adecuado de las estaciones radioeléctricas de referencia.
CONSIDERANDO: que dichas aeronaves se encuentran operando en los Aeropuertos “Charles Chalkling” y “Paysandú” respectivamente, ubicados en el departamento de Paysandú.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nro.19.889 de 9 de julio de 2020.
LA PRESIDENTE DE LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:
1. Encomendar que por el Departamento Administración del Espectro se efectúen las inspecciones de las estaciones de referencia, designando en comisión de servicio al Interior al funcionario Roberto Romanelli el día 2 de agosto de 2022.
2. Abónese al funcionario designado: a. 1 (un) día de viático por concepto de alimentación - Categoría B más de 12 horas - por un monto diario de $ 1.870 (pesos uruguayos un mil ochocientos setenta). b. el costo de los pasajes Montevideo – Paysandú – Montevideo en transporte público colectivo por un monto de $ 2.100 (pesos uruguayos dos mil cien).
3. La erogación resultante del cumplimiento de la presente Comisión de Servicio se imputará con cargo al objeto del gasto 234 –Viáticos al Interior – y al objeto del gasto 231 – Pasajes dentro del País, del Inciso 71 – Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, Financiación 1.2 (Recursos con afectación especial).
4. A sus efectos pase por su orden a la Gerencia de Administración y Finanzas y al Departamento Administración del Espectro.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendia Presidente URSEC - Héctor Bude Jefe Dpto. Administración del Espectro - Departamento. Contabilidad y Finanzas