Resolución G.i.t. – Administración Del Espectro N° 198 de fecha 12/09/2022 - WASHINGTON ALBERTI

Se transcribe texto completo de la Resolución de acuerdo a lo establecido en la Resolución de URSEC N° 240/022

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UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

Exp: 2022-71-1-0564

Resolución: Nro. 198/GIT/DAE/2022

Montevideo, 12 de setiembre de 2022.

VISTO: las presentes actuaciones por las cuales el señor Juan Gabriel PESSI SANTOS solicita se le transfiera la titularidad del sistema de radiocomunicaciones autorizado al señor Washington Martín ALBERTI SATRAGNI por fallecimiento de este último.

RESULTANDO: que por Resolución del Departamento de Frecuencias Radioeléctricas de esta Unidad Reguladora Nro. 0281/DFR/06 de 27 de marzo de 2006, se autorizó a Washington Martín ALBERTI SATRAGNI la instalación y operación de un sistema de radiocomunicaciones de uso propio en el departamento de Canelones, con la asignación del canal radioeléctrico de funcionamiento.

CONSIDERANDO: que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en la Ley Nro. 17.296 del 21 de febrero de 2001, la redacción dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, los Decretos Nro.255/992 de 9 de junio de 1992 y Nro.114/003 de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes y la Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 674/010 de 17 de diciembre de 2010.

LA GERENCIA DE INGENIERIA DE TELECOMUNICACIONES DE LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES -EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS - RESUELVE:

1. Dejar sin efecto a partir del 31 de julio de 2022 la autorización otorgada al señor Washington Martín ALBERTI SATRAGNI para la instalación y operación de un sistema de radiocomunicaciones de uso propio en el departamento de Canelones.

2. Dejar sin efecto a partir del 31 de julio de 2022 la asignación al señor Washington Martín ALBERTI SATRAGNI del canal radioeléctrico que se detalla en el numeral I) del Anexo a la presente Resolución.

3. Autorizar, a partir de agosto de 2022, al señor Juan Gabriel PESSI SANTOS, la instalación y operación de un sistema de radiocomunicaciones de uso propio en el departamento de Canelones.

4. Asignar al señor Juan Gabriel PESSI SANTOS, a partir de agosto de 2022, el canal radioeléctrico que se detalla en el numeral II) del Anexo a la presente Resolución.

5. Establecer que la conformación del sistema de radiocomunicaciones autorizado al señor Juan Gabriel PESSI SANTOS se ajusta al detalle que luce en el numeral III) del Anexo a la presente Resolución.

6. Establecer que: a. las autorizaciones otorgadas revisten carácter precario y revocable en cualquier momento, sin derecho a reclamo o indemnización de clase alguna y su mantenimiento se encuentra condicionado al cumplimiento de la totalidad de las disposiciones en vigencia y al pago de los tributos y precios que correspondan; b. toda modificación que se desee introducir a la conformación, ubicación o parámetros de operación de los sistemas radioeléctricos de referencia debe contar con la previa autorización de esta Unidad Reguladora; c. el sistema de radiocomunicaciones de referencia debe ser operado en las correspondientes condiciones técnico-administrativas establecidas en la Resolución de la Dirección Nacional de Comunicaciones Nro. 387/94 de 23 de setiembre de 1994; d. si en la práctica la operativa de alguna de las estaciones de referencia, produjera interferencias perjudiciales a otros sistemas de telecomunicaciones que contaren con autorización previa, deberá cesar las transmisiones en forma inmediata y adoptar las medidas para evitar la reiteración del inconveniente; e. las estaciones autorizadas pueden ser inspeccionadas en cualquier oportunidad, para lo cual la titular deberá brindar las máximas facilidades. Si efectuadas las mediciones de rigor se comprobara que los equipos no cumplen con los parámetros de funcionamiento establecidos o la conformación del sistema no se ajustara a lo autorizado o no se pudiera realizar la inspección por razones imputables al titular, se adoptarán las medidas que al caso puedan corresponder llegando incluso a dejar sin efecto la autorización concedida.

7. Notifíquese al interesado de la presente Resolución.

8. A sus efectos pase por su orden a la Unidad Atención y Gestiones, a la Unidad Facturación y al Departamento Contralor. Cumplido, oportunamente archívese.

Firmado: Carlos García - Especialista III, Héctor Budé - Jefe Departamento Administración del Espectro y Asesor General de URSEC, Leslie Green - Gerente de Ingeniería de Telecomunicaciones.

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