Resolución G.i.t. – Administración Del Espectro N° 23 de fecha 25/02/2022 - MIGUEL FLEITAS Y CIA S.R.L

Se transcribe texto completo de la Resolución de acuerdo a lo establecido en la Resolución de URSEC N°74/2022

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UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

Trámite: Nro. 2022-71-0072

Resolución: Nro.023/GIT/DAE/022

Montevideo, 25 de febrero de 2022.

VISTO: las presentes actuaciones por las cuales MIGUEL FLEITAS Y CIA S.R.L. solicita se le conceda la baja de las autorizaciones otorgadas.

RESULTANDO: que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 653/2009 de 4 de diciembre de 2009, se le autorizó la instalación y operación de un sistema de radiocomunicaciones de uso propio en el departamento de Cerro Largo, asignándole el canal radioeléctrico de funcionamiento.

CONSIDERANDO: que corresponde acceder a lo solicitado tomando en consideración que la gestión fue iniciada el 26 de noviembre de 2021.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en la Ley Nro. 17.296 del 21 de febrero de 2001, la redacción dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, los Decretos Nro.255/992 de 9 de junio de 1992, sus modificativos y concordantes y Nro.114/003 de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes y la Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 674/010 de 17 de diciembre de 2010.

LA GERENCIA DE INGENIERIA DE TELECOMUNICACIONES DE LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES -EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS - RESUELVE

1. Dejar sin efecto a partir del 30 de noviembre de 2021 la autorización otorgada a MIGUEL FLEITAS Y CÍA. S.R.L. para la instalación y operación de un sistema de radiocomunicaciones de uso propio en el departamento de Cerro Largo.

2. Dejar sin efecto a partir del 30 de noviembre de 2021 la asignación a MIGUEL FLEITAS Y CÍA. S.R.L. del canal radioeléctrico 475.000 MHz.

3. Establecer que en caso de enajenar total o parcialmente el equipamiento radioeléctrico en desuso, previamente se deberá cumplir con lo dispuesto en el Decreto Nro. 476/996 de 10 de diciembre de 1996.

4. Notifíquese a la interesada de la presente Resolución, requiriéndole que debe cancelar los adeudos generados hasta la fecha de baja dispuesta en el numeral 1ro. de este acto administrativo.

5. A sus efectos pase por su orden a la Unidad Atención y Gestiones, a la Unidad Facturación y Departamento de Contralor. Cumplido archívese.

Firmado: Luis Lemos - Responsable Sección Servicios Fijo Terrestre, Héctor Budé - Jefe Departamento Administración del Espectro y Asesor General de URSEC, Leslie Green - Gerente de Ingeniería de Telecomunicaciones.

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