Resolución G.i.t. – Administración Del Espectro N° 248 de fecha 07/10/2022 - COOKE URUGUAY S.A.
UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES
Trámite: Nro. 2022-71-1-0790
Resolución: Nro. 0248/GIT/DAE/2022
Montevideo, 7 de octubre de 2022.
VISTO: las presentes actuaciones referidas al sistema de radiocomunicaciones oportunamente otorgado a COOKE URUGUAY S.A.
RESULTANDO: I) que por Resolución de la Gerencia Ingeniería de Telecomunicaciones de esta Unidad Reguladora Nro. 167/GIT/DAE/19 de 23 de julio de 2019, se autorizó a COOKE URUGUAY S.A. la instalación y operación de un sistema de radiocomunicaciones de uso propio en el ámbito del departamento de Montevideo, con la consecuente asignación del canal radioeléctrico de operación.
CONSIDERANDO: I) que los interesados, a Fojas 7 del presente, con fecha 27 de setiembre de 2022 manifestaron su intención de dar de baja las autorizaciones oportunamente otorgadas. II) que corresponde en acceder a lo solicitado.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en la Ley Nro. 17.296 del 21 de febrero de 2001, la redacción dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, los Decretos Nro.255/992 de 9 de junio de 1992, sus modificativos y concordantes, Nro.114/003 y Nro.115/003 ambos de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes y la Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 674/010 de 17 de diciembre de 2010.
LA GERENCIA DE INGENIERIA DE TELECOMUNICACIONES DE LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES -EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS - R E S U E L V E:
1. Dejar sin efecto a partir del 30 de setiembre de 2022 la autorización otorgada a COOKE URUGUAY S.A. para la instalación y operación de un sistema de radiocomunicaciones de uso propio en el departamento de Montevideo.
2. Dejar sin efecto, a partir del 30 de setiembre de 2022, la asignación a COOKE URUGUAY S.A. del canal radioeléctrico detallado en el numeral I) del Anexo a la presente Resolución.
3. Establecer que en caso de enajenar total o parcialmente el equipamiento radioeléctrico en desuso, previamente se deberá cumplir con lo dispuesto en el Decreto Nro. 476/996 de 10 de diciembre de 1996.
4. Notifíquese a los interesados de la presente Resolución.
5. A sus efectos pase por su orden a la Unidad Atención y Gestiones, a la Unidad Facturación y al Departamento de Contralor. Cumplido, oportunamente archívese.
Firmado: Carlos García – Especialista III, Luis Lemos - responsable Servicio Fijo Terrestre, Leslie Green - Gerente de Ingeniería de Telecomunicaciones.