Resolución G.i.t. – Administración Del Espectro N° 281 de fecha 01/11/2022 - ADMINISTRACION BLENGIO S.R.L.
UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES
Exp: 2022-71-1-0068
Resolución: Nro. 281/GIT/DAE/2022
Montevideo, 01 de noviembre de 2022.
VISTO: las presentes actuaciones referidas a la situación del sistema de radiocomunicaciones autorizado a ADMINISTRACION BLENGIO S.R.L.
RESULTANDO: que por Resolución de la Gerencia de Gestión y Fiscalización de esta Unidad Reguladora Nro. 260/GGF/DAE/13 de 08 de octubre de 2013, se autorizó a ADMINISTRACION BLENGIO S.R.L. en calidad de Administradora del Edificio “Del Parque”, la instalación y operación de un sistema de radiocomunicaciones de uso propio en el departamento de Montevideo con la conformación y la asignación del canal radioeléctrico de funcionamiento.
CONSIDERANDO: I) que en el contexto de los trabajos de evaluación de las autorizaciones vigentes llevados a cabo en el ámbito de este Departamento, el día 26 de octubre de 2022 ADMINISTRACION BLENGIO S.R.L. presentó solicitud de baja de las autorizaciones precitadas. II) que corresponde acceder a lo solicitado.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en la Ley Nro. 17.296 del 21 de febrero de 2001, la redacción dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, los Decretos Nro.255/992 de 9 de junio de 1992, sus modificativos y concordantes, Nro.114/003 y Nro.115/003 ambos de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes y la Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 674/010 de 17 de diciembre de 2010.
LA GERENCIA DE INGENIERIA DE TELECOMUNICACIONES DE LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES - EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS - RESUELVE:
1. Dejar sin efecto a partir del 31 de octubre de 2022 la autorización otorgada a ADMINISTRACION BLENGIO S.R.L. para la instalación y operación de un sistema de radiocomunicaciones de uso propio en el ámbito del departamento de Montevideo.
2. Dejar sin efecto, a partir del 31 de octubre de 2022, la asignación a ADMINISTRACION BLENGIO S.R.L. del canal radioeléctrico detallado en el numeral I) del Anexo a la presente Resolución.
3. Establecer que en caso de enajenar total o parcialmente el equipamiento radioeléctrico en desuso, previamente se deberá cumplir con lo dispuesto en el Decreto Nro. 476/996 de 10 de diciembre de 1996.
4. Notifíquese a los interesados de la presente Resolución.
5. A sus efectos pase por su orden a la Unidad Atención y Gestiones, a la Unidad Facturación y al Departamento de Contralor. Cumplido, oportunamente archívese.
Firmado: Diego Fleitas - Especialista III, Luis Lemos – Responsable de Servicio Fijo Terrestre, Leslie Green - Gerente de Ingeniería de Telecomunicaciones.