Resolución G.i.t. – Administración Del Espectro N° 7 de fecha 14/01/2022 - COMANDO GENERAL DE LA ARMADA

Se transcribe texto completo de la Resolución de acuerdo a lo establecido en la Resolución de URSEC N°74/2022

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UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

Trámite: Nro. 2022-71-0088

Resolución: Nro. 007/GIT/DAE/2022

Montevideo, 13 de enero de 2021.

VISTO: la solicitud formulada por COMANDO GENERAL DE LA ARMADA referida a la estación radioeléctrica a bordo de la embarcación “ROU 16 QUEGUAY”.

CONSIDERANDO: I) que dicha embarcación opera en el Puerto de Montevideo. II) que se ha solicitado la asignación de distintivo de llamada; III) que se ha solicitado la asignación de Identidad del Servicio Móvil Marítimo. IV) que corresponde efectuar la inspección verificativa del funcionamiento adecuado de la estación radioeléctrica de referencia para evaluar si cumple con las condiciones técnicas requeridas para expedir la licencia de estación.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción sustitutiva dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, sus modificativos y concordantes, el Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y la Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 58/012 de 12 de abril de 2012.

EL DEPARTAMENTO ADMINISTRACIÓN DEL ESPECTRO DE LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:

1. Asignar provisoriamente a la embarcación “ROU 16 QUEGUAY”, cuyo titular es COMANDO GENERAL DE LA ARMADA: a) el distintivo de llamada CWBT; b) el 770576018 como Identidad del Servicio Móvil Marítimo (MMSI).

2. Establecer que se revocarán las precitadas asignaciones cuando, por razones imputables a la titular, no se efectúe la inspección verificativa del funcionamiento adecuado de la estación radioeléctrica, dentro de los 20 (veinte) días corridos contados a partir del siguiente de la notificación de la presente Resolución.

3. Notifíquese a los interesados de la presente Resolución.

4. Notíciese de la presente Resolución: a) a la Dirección Registral y de Marina Mercante; b) al Estado Mayor General de la Armada (EMSIC-Sistemas de Información y Comunicaciones).

5. A sus efectos se remite a la Unidad de Atención y Gestiones y posteriormente vuelva al Departamento de Administración del Espectro.

Firmado: Héctor Budé-Jefe Departamento Administración del Espectro y Roberto Romanelli - Responsable Sección Móvil Marítimo y Aeronáutico

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