Resolución N° 10/023 - Ordenadores de gastos para el cumplimiento de comisiones de servicios al interior del país

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones

Expediente: N° 2023-71-1-0000034

Resolución: N° 010/2023

Acta: N° 01/023

Montevideo, 10 de marzo de 2023.

Visto: La necesidad de actualizar las disposiciones aprobadas por la Resolución Nº 100/2021 de 3 de junio de 2021 referidas a los Ordenadores de gastos y pagos.

Resultando: I. Que es necesario delegar la facultad para ordenar gastos correspondientes a las Comisiones de Servicios al interior del país, en funcionarios a cargo de ciertas dependencias de URSEC, a efectos de permitirles efectuar gastos menores o eventuales cuyo monto no exceda el límite máximo establecido para la compra directa común. II. Que el límite máximo para la compra directa común para el período enero – diciembre 2023 es $ 239.000 (doscientos treinta y nueve mil pesos).

Considerando: I. Que la Ley Nº 19.889 de 9 de julio de 2020 en su artículo N° 257 estableció el carácter de ordenador primario de gastos al Directorio de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones. II. Que el artículo 260 de la mencionada Ley establece que el Directorio podrá delegar atribuciones en sus subordinados. III. Que el artículo 30 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF), aprobado por Decreto N° 150/012 de 11 de mayo de 2012, prevé que los ordenadores primarios podrán delegar la competencia para ordenar gastos en funcionarios de su dependencia.

Atento: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los artículos 256 y siguientes de la Ley 19.889 de 9 de julio de 2020.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:

1º.Delegar la facultad para ordenar gastos hasta el monto fijado para la compra directa común, exclusivamente para el cumplimiento de Comisiones de Servicios al interior del País y en forma indistinta, según el siguiente detalle: a. Gerente Ingeniería en Telecomunicaciones b. Gerente de Servicios Postales c. Jefe del Departamento de Administración del Espectro.

.El monto fijado para la compra directa común será por mes y por cada Gerente y el Jefe de las dependencias mencionadas.

.Las dependencias mencionadas deberán comunicar al Directorio el detalle de todas las Comisiones de Servicios al interior del País autorizadas en cada trimestre, al cierre de cada período.

4º.Pase por su orden a Secretaría General, a la Gerencia de Administración y Finanzas, para su conocimiento y demás efectos y a Personal para notificar a los interesados. Cumplido, archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta Dra. Marta Posada, Secretaria General

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