Resolución N° 103/023 -Declarar incobrable la deuda a los efectos contables, de Wendy Loroña
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2011-2-9-1000282
Resolución: N° 103/2023
Acta: N° 20/2023
Montevideo, 8 de junio de 2023.
Visto: los presentes obrados sobre las acciones seguidas por URSEC para procurar el cobro de la deuda contraída por la Sra. Wendy Loroña, C.I. 3.030.897-7, por la utilización no autorizada de la frecuencia 99.1 MHz (““TRANSITORIA FM””) en el referido departamento.
Resultando: I. Que con fecha 14 de mayo de 2020, se dicta Resolución de URSEC N° 076/2020, donde se resuelve aplicar una multa de 30 U.R (treinta Unidades Reajustables) a la Sra. Wendy Loroña, por la utilización no autorizada de la referida frecuencia, junto con la incautación definitiva del equipamiento transmisor de construcción artesanal. II. Que no surge del expediente comprobante de notificación de la Resolución anterior, por lo cual no se tiene certeza de que se haya dado noticia a la parte interesada. III. Que asimismo el 17 de julio de 2020, desde Facturación informan que la Resolución de URSEC N° 076/2020, quedo registrada, con factura 753645. IV. Que con fecha 25 de julio de 2022, se dispuso por Resolución de URSEC N°011/GAF/2022, intimar a la Sra. Wendy Loroña, por un monto de 30 UR, correspondiente a multa por incumplir normas mediante Resolución 076 del 14/5/2020. V. Que se adjunta notificación a la parte, por medio de correo postal certificado a fojas 55, con estado NO entregado, por lo tanto sin evacuación. VI. Que la Resolución de referencia ha sido publicada en el Diario Oficial de 14 de octubre de 2022. VII. Que desde Recuperación de Deudas informan que, se realizó la inscripción en el Clearing de informes de la deuda contraída por la Sra. Loroña.
Considerando: I. Que se han agotado las acciones administrativas para lograr el cobro de la suma adeuda, sin un resultado exitoso. II. Que en mérito a lo que viene de exponerse, corresponde declarar incobrable la deuda a los efectos contables.
Atento: a lo expuesto precedentemente, por arts. 70 y sigtes. de Ley N° 14.306 de 29 de noviembre de 1974 (Código Tributario), por los arts.70 y sigtes de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nº 18.719 de 27 de diciembre de 2010, la Ley Nº 17.930 de 23 de diciembre de 2005 y su Decreto Reglamentario Nº 459/007 de 26 de noviembre de 2007, Ley N° 19.889 de 9 de julio de 2020, Decreto 500/991 y a lo informado por los servicios de esta Unidad Reguladora.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1º.-Declarar incobrable la deuda a los efectos contables, de Wendy Loroña, número de C.I: 3.030.897-7,
2º.-Pase a Secretaría General y a Gerencia de Administración y Finanzas.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dra. Marta Posada, Secretaria Genera