Resolución N° 117/024 - Extensión permiso satélite geoestacionario SATÉLITES MEXICANOS S.A

Publicada el 8 de mayo de 2024. Se transcribe texto completo de la Resolución:

logo ursec

Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

Expediente: N° 2024-71-1-0000554

Resolución: N°117/2024

Acta: N° 14/2024

Montevideo, 18 de abril de 2024.

Visto: la solicitud cursada por SATÉLITES MEXICANOS S.A. de C.V para que se extienda la renovación del permiso anual del satélite geoestacionario “EUTELSAT 65 WEST A”.

Resultando: I. que por Resolución del Poder Ejecutivo Nro.1600/002 de 1º de octubre de 2002 se autorizó a SATÉLITES MEXICANOS S.A. de C.V., en carácter precario y revocable, la provisión de facilidades satelitales a través de su red de satélites geoestacionarios, previo permiso otorgado por parte de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a los satélites que radien señales sobre el territorio nacional. II. que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 002/020 de 6 de febrero de 2020 se confirmó que SATÉLITES MEXICANOS S.A. de C.V. ostenta licencia de telecomunicaciones clase “C”. III. que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 016/023 de 9 de febrero de 2023, se extendió el permiso anual al satélite geoestacionario “EUTELSAT 65 WEST A”, estableciendo que el mismo caducaba el 31 de marzo de 2024.

Considerando: I. que el literal b) del numeral 6) de la Resolución Nro. 016/023 de 9 de febrero de 2023, estableció que SATÉLITES MEXICANOS S.A. de C.V. debía “…comunicar a URSEC dentro de los 30 (treinta) días anteriores al vencimiento del correspondiente permiso anual de cada uno de los satélites integrantes de su Red, su intención de no proceder a su renovación. En caso contrario y en tanto no existan inconvenientes, se dictará Resolución renovando los precitado permisos.”; II. que vencido el plazo correspondiente SATÉLITES MEXICANOS S.A. de C.V. no cursó comunicación a esta Unidad Reguladora sobre su intención de desistir de la renovación del permiso anual de referencia, se entiende que corresponde proceder a dictar resolución expidiendo el mismo.

Atento:: A lo expuesto precedentemente, a lo establecido en la Ley Nro. 17.296 del 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, sus modificativos y concordantes, los Decretos Nro. 114/003 y Nro.115/003 ambos de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes y a lo informado por el Departamento Administración del Espectro.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve: 

. Extender a partir del 1 de abril de 2024 la renovación del permiso anual del satélite geoestacionario “EUTELSAT 65 WEST A” integrante de la red de SATÉLITES MEXICANOS S.A. de C.V., destinado a la provisión de facilidades satelitales en el territorio nacional:

 

Satélite

Posición orbital

Longitud oeste

Bandas de frecuencias

Enlaces descendentes

(GHz)

Enlaces ascendentes

(GHz)

“EUTELSAT  65 WEST A”

65º

4,50 – 4,80

6,725 – 7,025

El referido permiso caduca el 31 de marzo de 2025.

2°. Reiterar que en el territorio nacional SATÉLITES MEXICANOS S.A. de C.V. debe: a) prestar los servicios en condiciones de regularidad, continuidad y calidad; b) respetar los principios de sana competencia, no incurriendo en conductas anticompetitivas, prácticas predatorias o discriminatorias; c) otorgar a sus clientes y usuarios acceso transparente a la información respecto a las condiciones de prestación de los servicios y precios aplicables a los mismos; d) suministrar en tiempo y forma a requerimiento de esta Unidad Reguladora, toda la información que le sea solicitada referida a los servicios y condiciones de prestación de los mismos. e) comercializar capacidad espacial de los satélites solo a personas que cuenten con autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones vía satélite o efectuar transmisiones satelitales en el país; f) de ser el caso y conforme a los procedimientos establecidos por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), dar continuidad al proceso de coordinación de dicho satélite con las redes de satélites de bandera uruguaya.

. Establecer que SATÉLITES MEXICANOS S.A. de C.V. debe: a) efectivizar el pago dentro de los 30 (treinta) días corridos siguientes a la notificación de la presente Resolución, el pago por concepto del permiso anual del satélite geoestacionario “EUTELSAT 65 WEST A” como adicional de su Red, el monto total de U$S 2.000 (dólares americanos dos mil); b) comunicar a URSEC dentro de los 30 (treinta) días anteriores al vencimiento del correspondiente permiso anual de cada uno de los satélites integrantes de su Red, su intención de no proceder a su renovación. En caso contrario y en tanto no existan inconvenientes se dictará Resolución renovando el precitado permiso.

4°. Notifíquese a la interesada de la presente Resolución.

. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Unidad de Atención y Gestiones, Unidad Facturación y Departamento de Administración del Espectro. Cumplido, oportunamente archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General

Descargas