Resolución N° 120/021 - Cobertura de seguros BSE

Se transcribe texto completo de la Resolución.

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UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

Expediente: N° 2020-2-9-0001278

Resolución: N° 120/2021

Acta: N° 029/021

Montevideo, 17 de junio de 2021

VISTO: La necesidad de contratación de una cobertura de seguros por parte de URSEC, para el ejercicio 2021

RESULTANDO: I. Que es necesario poseer una cobertura de seguros para los vehículos propiedad de URSEC, para los bienes y equipos que por alguna razón lo justifiquen, para el personal que cumple determinadas tareas que requieren dicha cobertura y para el transporte de los equipos que se envían al exterior a efectos de su reparación, que permita un resarcimiento en caso de siniestro o daño de alguno de ello; II. Que el Banco de Seguros del Estado ofrece las coberturas mencionadas en el punto anterior. CONSIDERANDO: I. Que de acuerdo a lo previsto por el Art 33 literal D numeral 1) del TOCAF, podrá procederse a la contratación directa cuando la misma se verifique entre organismos o dependencias del Estado; II. Que existen créditos presupuestales suficientes para la contratación en moneda nacional, los que han sido afectados y confirmados en la APG N° 83 por $ 604.831 (pesos uruguayos seiscientos cuatro mil ochocientos treinta y uno), que luce agregada al folio N° 5 de estos obrados; III. Que existen créditos presupuestales para la contratación en moneda extranjera hasta el monto de U$S 47.237 (dólares americanos cuarenta y siete mil doscientos treinta y siete), los que han sido afectados y confirmados en la APG N° 84 que luce agregada al folio N° 6 de estos obrados

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por el Decreto N°15/012 del 11 de mayo de 2012 (TOCAF) y los artículos 256 y siguientes de la Ley 19.889 del 9 de julio de 2020 y a lo informado por los servicios Técnicos, Contables y Jurídicos de esta Unidad Regulador

LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:

1º. Contratar ad referéndum del Tribunal de Cuentas, la cobertura del BSE de acuerdo al detalle de pólizas a folio 1 de estos obrados, por un monto de hasta $ 604.831,00 (pesos uruguayos seiscientos cuatro mil ochocientos treinta y uno con 00/100) y de hasta U$S 47.237,00 (dólares americanos cuarenta y siete mil doscientos treinta y siete con 00/100) por el procedimiento de contratación directa por excepción entre organismos del Estado, previsto en el TOCAF y de acuerdo al crédito disponible

2º. Establécese que la erogación correspondiente se imputará al objeto del gasto 264.000, denominado “Primas y otros gastos de seguros en el país”, de la “URSEC” Inciso 071 Financiación 1.2 “Recursos con afectación especial”.

3º. Pase a Secretaría General, a la Gerencia de Administración y Finanzas y al Contador Delegado del Tribunal de Cuentas en la URSEC.

4º. Cumplido, archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta, Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria General 

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