Resolución N° 121/023 - Modificación del ámbito geográfico de actividad solicitado por la empresa LONTIREL S.A

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

Expediente: N° 2023-71-1-0000177

Resolución: N° 121/2023

Acta: N° 23/2023

Montevideo, 22 de junio de 2023

Visto: La presentación por parte de la empresa LONTIREL S.A. de la solicitud de modificación del ámbito geográfico de actividad postal.

Resultando: I. Que por Resolución de URSEC 190/013 del 23 de agosto de 2013 se le autorizó a LONTIREL S.A. la licencia número OPE032, para la prestación de servicios postales en el ámbito local en determinados departamentos y localidades que surgen de la citada Resolución. II. Que LONTIREL S.A. solicita modificar el ámbito geográfico de actividad ampliando el servicio a las localidades de Las Piedras y Lagomar del departamento de Canelones, y eliminar del ámbito geográfico autorizado a la localidad de Minas de Corrales del departamento de Rivera.

Considerando: Que de acuerdo a lo informado por la Unidad Registro de Prestadores de la Gerencia de Servicios Postales, no existen impedimentos para que se otorgue la autorización para modificar el ámbito geográfico autorizado a la empresa LONTIREL S.A.

Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los arts.70 y sigtes. de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001 con la redacción dada por la Ley Nº 19.889 de fecha 9 de julio de 2020, la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012, Resolución de URSEC Nº 010/13 de 31 de enero de 2013 y su modificativa N° 264/14 de 6 de noviembre de 2014 y la Nº 071/018 de 4 de mayo de 2018, a lo informado por los servicios de esta Unidad Reguladora,

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:

. Autorizar la modificación del ámbito geográfico de actividad solicitado por la empresa LONTIREL S.A., licencia número OPE032, la que queda autorizada a prestar servicios postales en el ámbito local en:

Departamento

Localidad

RIVERA

RIVERA

RIVERA

TRANQUERAS

TACUAREMBÓ

TACUAREMBÓ

TACUAREMBÓ

         PASO DE LOS TOROS

ARTIGAS

ARTIGAS

COLONIA

COLONIA

COLONIA

JUAN LACAZE

COLONIA

        COLONIA VALDENSE

COLONIA

        NUEVA HELVECIA

SAN JOSÉ

      ECILDA PAULLIER

MONTEVIDEO

MONTEVIDEO

CANELONES

LAS PIEDRAS

CANELONES

LAGOMAR

 

2°. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Notificaciones para su notificación en el domicilio electrónico, siga a la Gerencia de Servicios Postales —Unidad Registro de Prestadores— para los registros correspondientes. Cumplido, archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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