Resolución N° 125/022 - Decomiso definitivo y sanción emisora no autorizada

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UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

Expediente: N° 2017-2-9-0001069

Resolución: N° 125/2022

Acta: N° 23/022

Montevideo, 14 de julio de 2022

VISTO: Las emisiones sin autorización efectuadas mediante la utilización de la frecuencia 106.5 MHz en la ciudad de Rivera, Departamento de Rivera, siendo su responsable el Sr. Víctor Hugo Da Silva Machado.

RESULTANDO: I. Que, por inspección realizada el día 8 de agosto de 2017 en la finca ubicada en la calle Juan M. Ruiz Nº 149 de la ciudad de Rivera, se comprobó la operativa no autorizada en la frecuencia 106.5 MHz, siendo su responsable el Sr. Víctor Hugo Da Silva Machado; II. Que, como resultado de la inspección referida se clausuraron las emisiones y se procedió a la incautación provisoria del transmisor de 40 W y un procesador de audio, ambos de marca “M-31”, utilizados para las emisiones no autorizadas, según surge del acta labrada suscrita por el Sr. Da Silva Machado conjuntamente con los inspectores actuantes.

CONSIDERANDO: I. Que de acuerdo a lo establecido en las leyes Nº 19.889 de 9 de julio de 2020, 19.307 de 29 de diciembre de 2014 y el artículo 89 de la Ley Nº 17.2965 de 21 de febrero de 2001, las emisoras que transmitieren sin autorización serán pasibles de medidas sancionatorias, siendo la falta cometida considerada como “muy grave”; II. Que el citado artículo 89 de la Ley 17.296 establece que la comisión de infracciones dará lugar a la aplicación –entre otras- de sanción de multa y, en forma accesoria, el decomiso de los elementos utilizados para cometer la infracción o de los bienes detectados en infracción; III. Que la Ley 19.307, citada, en su artículo 65 literales C), D) y E) determina que el control, fiscalización, etc., del espectro radioeléctrico nacional, así como la aplicación de sanciones por posibles infracciones corresponde a al URSEC; IV. Que, el Departamento de Contralor informa que el transmisor referido no sería de uso en esta Reguladora y aconseja su donación a la Dirección Nacional Telecomunicación y servicios de comunicación audiovisual (DINATEL); V. Que corresponde aplicar, en forma accesoria, una sanción de multa, que se estima ante la falta de antecedentes y siguiendo los criterios de aplicación, de UR 5; VI. Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 83 del TOCAF podrán transferirse sin cargo entre dependencias u organismos del Estado o donarse a entidades de bien público, los bienes muebles que por acción del tiempo u otros eventos quedaren y fueren declarados fuera de uso; VII. Que, oportunamente, se otorgó vista de estas actuaciones al interesado, sin que se hubiese presentado descargo alguno.

ATENTO: A lo expuesto precedentemente, lo establecido en los artículos 70 y siguientes de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por los artículos 256 y siguientes de la Ley Nº 19.889 de 9 de julio de 2020, Decreto 500/991 de 27 de setiembre de 1991, el artículo 83 del T.O.C.A.F. y lo informado por la Gerencia de Regulación Jurídica y Económica

LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:

1°. Disponer el decomiso definitivo del transmisor de 40 W y el procesador de audio, ambos de de marca “M-31”, utilizados para las emisiones no autorizadas en la frecuencia 106.5 MHz en la ciudad de Rivera, Departamento de Rivera.

2°. Declarar fuera de uso el equipamiento referido en el numeral anterior, perteneciente al Sr. Víctor Hugo Da Silva Machado.

3º. Aplicar, en forma accesoria, al Sr. Víctor Hugo Da Silva Machado una multa de UR 5 (Unidades Reajustables cinco) por la falta cometida.

4º. Donar a la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y servicios de comunicación audiovisual el equipo individualizado en los primeros numerales de la presente resolución.

5º. Encomendar al Departamento de Contralor la instrumentación y ejecución de la donación que por la presente se dispone.

6º. A sus efectos, pase por orden a: Secretaria General, Notificaciones y Departamento de Contralor. Cumplido, archívese

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria General

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