Resolución N° 138/021 - Sanción económica a ALEDMA S.A.

Se transcribe texto completo de la Resolución.

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UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

Expediente: N° 2018-2-9-0000499

Resolución: N° 138/2021

Acta: N° 038/021

Montevideo, 22 de Julio de 2021
 

VISTO: Las presentes actuaciones referidas al procedimiento inspectivo realizado al sistema de radiocomunicaciones que operaba ALEDMA S.A 

RESULTANDO: I. Que se verificó que ALEDMA S.A. operaba, sin contar con la debida autorización de esta Unidad Reguladora, un sistema de radiocomunicaciones conformado por 4 (cuatro) estaciones móviles que, sin intencionalidad, adicionalmente generaba interferencias perjudiciales a otros sistemas de radiocomunicaciones; II. Que en función de las características del referido sistema, los inspectores actuantes procedieron a clausurar su operación e incautar provisoriamente 4 (cuatro) equipos transceptores de radiocomunicaciones; III. Que, dentro del plazo otorgado por los inspectores actuantes ALEDMA S.A. presentó solicitud de regularización del referido sistema de radiocomunicaciones, lo que fue autorizado por Resolución de la Gerencia de Ingeniería de esta Unidad Reguladora Nro. 126/GIT/DAE/18 de 26 de abril de 2018, incluyendo la asignación del canal radioeléctrico de operación.

CONSIDERANDO: I. Que los Departamentos de Contralor y Administración propusieron la imposición a ALEDMA S.A. una sanción consistente en una multa equivalente a 5 U.R. (cinco Unidades Reajustables); II. Que otorgada la vista reglamentaria la interesada no presentó descargo alguno

ATENTO: A lo expuesto precedentemente y a lo establecido en la Ley Nro. 17.296 del 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, sus modificativos y concordantes, el Decreto Nro. 114/03 de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes y a lo informado por los Departamentos Administración del Espectro y Contralor.

LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:

1º. Imponer a ALEDMA S.A. una sanción consistente en una multa de 5 U.R. (cinco Unidades Reajustables) por operar un sistema de radiocomunicaciones sin contar con la debida autorización.

2º. Encomendar que por el Departamento de Monitoreo se proceda a la devolución a ALEDMA S.A. de los equipos que fueron incautados provisoriamente, luego que ella efectivice el pago de la multa impuesta.

3º. Notifíquese a la interesada de la presente resolución.

4º. A sus efectos pase por orden a Secretaría General, Unidad de Atención y Gestiones, Unidad de Facturación, Departamento de Contralor, Departamento Administración del Espectro y Gerencia Regulación Jurídica y Económica. Cumplido, oportunamente archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta, Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria General

 

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