Resolución N° 139/021 - Contratación Servicio de Vigilancia 222

Se transcribe texto completo de la Resolución.

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UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

Expediente: N° 2020-2-9-0001154

Resolución: N° 139/2021

Acta: N° 039/021

Montevideo, 29 de julio de 2021

VISTO: La necesidad de contratación de un Servicio de Seguridad para la Sede de URSEC, a partir del mes de agosto de 2021.

RESULTANDO: I. Que en la actualidad esta Unidad Reguladora cuenta con un servicio de vigilancia especial prestado por la Jefatura de Policía de Montevideo al amparo del artículo 222 de la Ley Nº 13.318 de 28 de diciembre de 1964.

CONSIDERANDO: I. Que de acuerdo a lo previsto por el Art 33 literal D numeral 1) del TOCAF, podrá procederse a la contratación directa cuando la misma se verifique entre organismos o dependencias del Estado; II. Que el servicio deberá ser prestado por un vigilador, que cumpla 24 horas al día, incluyéndose en el monto total, el valor de 10% (diez por ciento) para horas de control; III. Que existen créditos presupuestales suficientes para la contratación del referido Servicio, los que han sido afectados y confirmados en la APG N° 137 por $ 1.525.000.- (pesos uruguayos un millón quinientos veinticinco mil), que luce agregada al folio N° 3 de estos obrados.

ATENTO: A lo expuesto precedentemente,

LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:

1º. Contrátese ad referéndum del Tribunal de Cuentas, a la Jefatura de Policía de Montevideo del Ministerio del Interior, la prestación del Servicio de Vigilancia Especial de Seguridad 222 para el local de su Sede Central por un monto de hasta $ 1.525.000.- (pesos uruguayos un millón quinientos veinticinco mil con 00/100) para los meses agosto a diciembre del ejercicio 2021 por el procedimiento de contratación directa por excepción entre organismos del Estado, previsto en el TOCAF y de acuerdo al crédito disponible.

2º.Establécese que la erogación correspondiente se imputará al objeto del gasto 2.9.1.000, denominado “Servicios de Vigilancia y Custodia”, del Inciso 71 URSEC, Financiación 1.2 “Recursos con afectación especial”, créditos del ejercicio 2021.

3º.Pase a Secretaría General, al Contador Delegado del Tribunal de Cuentas en la URSEC y a la Gerencia de Administración y Finanzas, a sus efectos.

4º.Cumplido, archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta, Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria Genera

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