Resolución N° 144/022 - Extender la renovación del permiso anual de los satélites geoestacionarios “HISPASAT 36W-1”
UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES
Expediente: 2022-71-1-0000520
Resolución: N° 144/2022
Acta: N° 26/022
Montevideo, 04 de agosto de 2022
VISTO: las presentes actuaciones referidas al Permiso Anual del satélite geoestacionario “HISPASAT 36W-1”, adicional de la Red de HISPASAT S.A.
RESULTANDO: I. Que Resolución del Poder Ejecutivo Nro. 1378/002 de 20 de agosto de 2002, se autorizó a HISPASAT S.A. en carácter precario y revocable, la provisión de facilidades satelitales a través de su red de satélites geoestacionarios, previo permiso otorgado por parte de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a los satélites que radien señales sobre el territorio nacional; II. Que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 017/020 de 6 de febrero de 2020, se confirmó que HISPASAT S.A. ostenta licencia de telecomunicaciones clase “C”; III. Que por Resolución de esta Unidad Reguladora 103/021 de 8 de junio de 2021, se le extendió a HISPASAT S.A., el permiso anual al satélite geoestacionario “HISPASAT 36W-1” con vencimiento el 31 de mayo de 2022. Asimismo, en el literal b) del numeral 4) de dicha Resolución se estableció que HISPASAT S.A. debía comunicar, dentro de los 30 (treinta) días anteriores al vencimiento del permiso anual, su intención de no proceder a su renovación y que, en caso contrario, de no existir inconvenientes URSEC dictaría resolución renovando dichos permisos
CONSIDERANDO: Que vencido el plazo de treinta días anteriores al vencimiento del permiso anual del referido satélite, HISPASAT S.A. no ha presentado comunicación alguna al respecto, y en tanto no existen inconvenientes, corresponde efectivizar la renovación del Permiso anual.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo establecido en la Ley Nro. 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nro.19.889 de 9 de julio de 2020, sus modificativos y concordantes, los Decretos Nro. 114/003 y Nro. 115/003 de 25 de marzo de 2003, sus modificativos y concordantes y a lo informado por el Departamento Administración del Espectro.
LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:
1º. Extender a partir del 1° de junio de 2022 la renovación del permiso anual de los satélites geoestacionarios detallados a continuación e integrantes de la red de HISPASAT S.A., destinados a la provisión de facilidades satelitales en el territorio nacional:
2º. Reiterar que en el territorio nacional HISPASAT S.A. debe: a) prestar los servicios en condiciones de regularidad, continuidad y calidad; b) respetar los principios de sana competencia, no incurriendo en conductas anticompetitivas, prácticas predatorias o discriminatorias; c) otorgar a sus clientes y usuarios acceso transparente a la información respecto a las condiciones de prestación de los servicios y precios aplicables a los mismos; d) suministrar en tiempo y forma a requerimiento de esta Unidad Reguladora, toda la información que le sea solicitada referida a los servicios y condiciones de prestación de los mismos. e) comercializar capacidad espacial de los satélites solo a personas que cuenten con autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones vía satélite o efectuar transmisiones satelitales en el país; f) de ser el caso y conforme a los procedimientos establecidos por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), dar continuidad al proceso de coordinación de dicho satélite con las redes de satélites de bandera uruguaya.
3º. Establecer que HISPASAT S.A. debe: a) efectivizar el pago dentro de los 30 (treinta) días corridos siguientes a la notificación de la presente Resolución, por concepto del permiso anual del satélite geoestacionario “HISPASAT 36W-1”, como adicional de su Red, el monto total de U$S 2.000,00 (dólares americanos dos mil); b) comunicar a URSEC dentro de los 30 (treinta) días anteriores al vencimiento del correspondiente permiso anual de cada uno de los satélites integrantes de su Red, su intención de no proceder a su renovación. En caso contrario y en tanto no existan inconvenientes, se dictará Resolución renovando los precitados permisos.
4º. Notifíquese a HISPASAT S.A. de la presente Resolución.
5º. A sus efectos pase por orden a Secretaría General, Unidad Atención y Gestiones, Departamento Administración del Espectro y Unidad de Facturación. Cumplido, oportunamente archívese.
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta
Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria General