Resolución N° 151/024 - Revocar la licencia postal otorgada a SISPER S.A

Publicada el 05 de junio de 2024. Se transcribe texto completo de la Resolución:

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

Expediente: N° 2022-71-1-0001008

Resolución: N° 151/2024

Acta: N° 18/2024

Montevideo, 20 de mayo de 2024

Visto: Que la empresa SISPER SA (nombre de fantasía Grupo Sky), RUT 216991350013, titular de licencia postal al amparo de la Ley Nº 19.009 de fecha 21 de noviembre de 2012, no se ha presentado a renovar la licencia postal, la que se encuentra vencida desde el 8 de febrero de 2021.

Resultando: Que por Resolución de URSEC No 023/017 de 9 de febrero de 2017 se inscribió a la empresa SISPER S.A. en el Registro General de Prestadores del Servicio Postal (RGPSP) con el número OPE106, otorgándosele una licencia postal para el ámbito geográfico local en el departamento de Montevideo.

Considerando: I. Que el día 6 de noviembre de 2022 inspectores de URSEC se presentaron en el domicilio constituido de la mencionada empresa, Eduardo Acevedo 1624, donde constató que el domicilio constituido por SISPER SA se encontraba cerrado y con cartelería correspondiente a una colonia de vacaciones. II. Que según informe de Facturación, SISPER SA presenta deudas de facturas desde diciembre de 2021, que su última declaración jurada cerrada corresponde a diciembre de 2021 y que adeuda la licencia con vencimiento 8 de febrero de 2022.

Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los arts.70 y sigtes. de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001 con la redacción dada por la Ley N° 19.889 de fecha 9 de julio de 2020, la Ley N° 19.009 de 22 de noviembre de 2012, Resolución de URSEC Nº 010/13 de 31 de enero de 2013 y su modificativa N° 264/14 de 6 de noviembre de 2014 y la N° 071/018 de 4 de mayo de 2018, a lo informado por los servicios de esta Unidad Reguladora.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve: 

1°. Revocar la autorización para prestar servicios postales otorgada a SISPER SA y dar de baja en el Registro General de Prestadores del Servicio Postal a la licencia número OPE106 otorgada para el ámbito local en el departamento de Montevideo, con fecha 9 de febrero de 2017, por la causal dispuesta en el art. 34 literal f) de la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012. La fecha de revocación de la licencia y de baja del Registro será el 31 de diciembre de 2021.

2°. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Gerencia de Servicios Postales —Unidad Registro de Prestadores— para su notificación. Cumplido, pase a Jurídica con el fin de efectuar la recuperación de deudas.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dr. Joaquín Langwagen, Secretario General

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