Resolución N° 157/022 - Fijar el precio de terminación en la red fija de Antel - Uniotel S.A

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones

Expediente: N° 2022-71-1-0000087

Resolución: N° 157/2022

Acta: N° 30/022

Montevideo, 06 de setiembre de 2022

Visto: El desacuerdo de interconexión entre las empresa UNIOTEL S.A y la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (ANTEL), donde la primera solicita la intervención de esta Unidad Reguladora para la fijación del precio de terminación en la red fija y la red móvil de ANTEL.

Resultando: I.Que el Reglamento de Interconexión (Decreto 442/01 de 13/11/01, modificado por el Decreto 393/02 de 15 de octubre 2002) reglamenta la intervención de URSEC en casos de desacuerdos de Interconexión; II. Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7 del citado decreto reglamentario, en el caso que el desacuerdo subsista y el mismo refiera a precios y tarifas de interconexión, URSEC procederá a la fijación de los mismos conforme al literal “s” del artículo 86 de la Ley N° 17296 de 21 de febrero de 2001, actualmente literal “T” del artículo 73 de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, redacción dada por el artículo 259 de la Ley N° 19.889 de 9 de julio de 2020; III. Que el 11 de enero de 2022 la empresa UNIOTEL S.A. solicitó la intervención de URSEC a los efectos de determinar el precio de terminación en la red fija y en la de móvil para comunicaciones recibidas de la red de la solicitante; IV. Que en el desacuerdo que se trata en obrados no se le requirieron estudios de costos de terminación en red móvil a ANTEL ni a UNIOTEL S.A ya que esta Unidad dispone de los referidos estudios, los cuales fueron presentados por los operadores móviles en recientes desacuerdos.

Considerando: I. Que por resoluciones N° 094/2021 y N° 095/2021 de URSEC de fecha 27 de mayo de 2021 se fijó el precio de terminación en la red fija de ANTEL en $ 0.31 (más IVA) por minuto o fracción, para comunicaciones desde las redes móviles de Telefónica Móviles del Uruguay S.A. y de A.M. Wireless Uruguay S.A. respectivamente; II. Que por resolución N° 076/2021 de fecha 10 de mayo de 2021 se fijó el precio de terminación en la red móvil de ANTEL en $ 0.88 (más IVA) por minuto o fracción para comunicaciones provenientes de la red móvil de A.M. Wireless Uruguay S.A.; III. Que dichos precios fueron determinados tomando en cuenta los estudios de costos incrementales de largo plazo de terminación en las redes de los 3 operadores móviles, presentados por los mismos en el marco de los desacuerdos oportunamente tratados; IV. Que en la actualidad UNIOTEL S.A está pagando por la terminación en la red móvil de ANTEL un precio de $ 2.2 (más IVA) por minuto o fracción, y en la red fija un precio de U$S 0.0213 (más IVA) por minuto o fracción, dispuestos por Resoluciones N° 709 de fecha 17 de diciembre de 2009 y por Resolución 112/2012 de fecha 21 de agosto de 2012, respectivamente; V. Que dichos precios son sensiblemente mayores a los que ANTEL cobra en la actualidad a Telefónica Móviles del Uruguay S.A. y A.M. Wireless Uruguay S.A. por los mismos servicios; VI. Que los costos de los servicios de terminación en la red fija y en la red móvil de ANTEL son los mismos independientemente si la comunicación recibida es de origen nacional o internacional ya que utilizan los mismos elementos de red; VII. Que el Reglamento de Interconexión establece en el artículo 4 como Principios de interconexión, entre otros, la prohibición de tratamiento discriminatorio: “los prestadores tienen derecho a obtener condiciones técnicas o económicas que guarden razonable equivalencia en la interconexión que solicitaren a otro operador, a las que éste otorgue a terceros, a sí mismos o a sus empresas vinculadas.”

Atento: A lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 normas modificativas y concordantes, Ley 19.889 de 9 de julio de 2020, Decreto 442/01 de 13 de noviembre de 2001 modificado por el Decreto 393/02 de 15 de octubre de 2002, y a lo informado por el Departamento de Regulación e Investigación Económica y por los Servicios Jurídicos.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:

1°. Fijar el precio de terminación en la red fija de ANTEL en $ 0,31 (más IVA) por minuto o fracción para comunicaciones desde la red de UNIOTEL S.A.

2°. Fijar el precio de terminación en la red móvil de ANTEL en $ 0,88 (más IVA) por minuto o fracción para comunicaciones desde la red de UNIOTEL S.A.

3°. Establecer que dichos precios regirán a partir del 1° de octubre de 2022.

. Notifíquese a UNIOTEL S.A y a ANTEL.

. Pase a sus efectos a la Secretaría General, a la Oficina de Notificaciones y a la Gerencia de Regulación Jurídica y Económica.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria General

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