Resolución N° 166/025 - Confirmar la autorización a Amazom Kuiper Uruguay SRL
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
Expediente: N° 2025-71-1-0000299
Resolución: N° 166/2025
Acta: N° 13/2025
Montevideo, 4 de junio de 2025
Visto:
las presentes actuaciones por las que AMAZON KUIPER URUGUAY S.R.L. informa sobre el detalle de lanzamiento y condiciones operativas de su red de satélites no geoestacionarios.
Resultando:
1 que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 408/023 de 28 de diciembre de 2023 se otorgó a AMAZON KUIPER URUGUAY S.R.L.: a) la licencia de telecomunicaciones clase C; b) autorización para la prestación del servicio de facilidades satelitales a través de la misma red de satélites no geoestacionarios; c) autorización para operar la referida red en el territorio nacional; d) la instalación y operación de una estación terrena fija destinada a establecer enlaces de pasarela (“gateway”); e) autorización para la instalación y operación de terminales satelitales de usuario en el territorio nacional a través de licenciatarios de telecomunicaciones que contaren con autorización para la prestación del servicio de transmisión de datos vía satélite; f) autorización para la instalación y operación de estaciones terminales satelitales de usuario destinadas a brindar el servicio de transporte (“backhaul”) a licenciatarios de telecomunicaciones. Asimismo se establecieron las condiciones técnicas de operación de ambos tipos de estaciones.
2 que por Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 437/024 de 30 de agosto de 2024 se otorgó a AMAZON KUIPER URUGUAY S.R.L.: a) la licencia de telecomunicaciones clase B; b) autorización para la prestación del servicio de transmisión de datos por medio de su red de satélites no geoestacionarios; c) autorización para la instalación y operación de estaciones terminales satelitales de usuario en el territorio nacional y la operación de frecuencias radioeléctricas por parte de dichas estaciones.
Considerando:
1 que AMAZON KUIPER URUGUAY S.R.L. informó que el 28 de abril de este año se efectuó el lanzamiento y puesta en órbita de los primeros 27 (veintisiete) satélites de diseño de producción.
2 que corresponde confirmar las autorizaciones de operación de las frecuencias de operación por parte de las estaciones terminales satelitales de usuario y de la estación terrena fija destinada a establecer enlaces de pasarela, incorporando en este último caso 300 MHz en el ámbito del Servicio Fijo por Satélite en el sentido espacio-Tierra en similares condiciones regulatorias de las bandas adyacentes.
3 que a fin de preservar la seguridad en su funcionamiento, corresponde establecer la reserva de parámetros técnico-administrativos del sistema de radiocomunicaciones de referencia, información que consta en el Anexo de la presente Resolución.
Atento:
a lo expuesto precedentemente, a lo establecido en la Ley Nro. 17.296 de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, la Ley Nro. 18.381 de 17 de octubre de 2008, los Decretos Nro.255/992 de 9 de junio de 1992, Nro. 153/993 de 30 de marzo de 1993, Nro. 114/003 y Nro.115/003 ambos de 25 de marzo de 2003, Nro. 232/010 de 2 de agosto de 2010, sus modificativos y concordantes, el Reglamento de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y a lo informado por los servicios de esta Unidad Reguladora.
La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:
1 Confirmar la autorización a AMAZON KUIPER URUGUAY S.R.L. de operación de las frecuencias radioeléctricas por parte de las estaciones terminales satelitales de usuarios en el territorio nacional de acuerdo con las condiciones que se explicitan en el numeral II) del Anexo a la presente Resolución.
2 Confirmar la autorización otorgada a AMAZON KUIPER URUGUAY S.R.L. de operación de las frecuencias radioeléctricas por parte de la estación terrena fija destinada a establecer enlaces de pasarela (estación “Gateway”) con las condiciones que se explicitan en el numeral II) del Anexo a la presente Resolución, incluyendo 300 MHz en el ámbito del Servicio Fijo por Satélite en el sentido espacio-Tierra.
3 Declarar reservado el Anexo a la presente Resolución.
4 Notifíquese a la interesada de la presente Resolución.
5 A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Unidad Atención y Gestiones, Unidad Facturación, y Departamento Administración del Espectro. Cumplido, oportunamente archívese.
Firmado por: Ec. Gonzalo Balseiro, Presidente
Dra. Nadia Karlen, Secretaria General