Resolución N° 169/021 - Contratación del Ec. Rodrigo Gorga
UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES
Expediente: N° 2021-71-1-0000562
Resolución: N° 169/2021
Acta: N° 046/021
Montevideo, 09 de setiembre de 2021
VISTO: Las nuevas atribuciones asignadas a la URSEC por la Ley 19.889 de 9 de julio de 2020
RESULTANDO: I. Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Nº 19.009 de 22 de noviembre de 2012 y el artículo 8 de la Resolución de URSEC número 071/018 de 4 de mayo de 2018, el certificado de inscripción en el Registro General de Prestadores del Servicio Postal (RGSP) tendrá validez de un año. Su renovación se realizará a solicitud de parte interesada; II. Que esta Unidad Reguladora cuenta con los créditos presupuestales para atender la erogación originada por la presente resolución al amparo del artículo 23° de la Ley N° 17.556 del 18 de septiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 68 de la Ley N° 18.834; III. Que la Oficina Nacional de Servicio Civil informó con fecha 23 de setiembre de 2020 que la URSEC, como servicio descentralizado que es a partir de la Ley N° 19.889 de 9 de julio de 2020, tiene autonomía con relación a las retribuciones de sus funcionarios dentro de su marco presupuestal no debiéndose aplicarle los topes establecidos en el Decreto 362/014 así como tampoco corresponde la intervención de la Comisión de Análisis Retributivo y Ocupacional para la utilización del crédito del Grupo 0 –Servicios personales, en mérito a que el artículo 1º del Decreto Nº 244/014 de 20 de agosto de 2014, refiere expresamente a los Incisos del Poder Ejecutivo; IV. Que la empresa cumplió con sus obligaciones ante esta Unidad hasta el 28 de febrero de 2017, no manteniendo deudas pendientes y que de la información recabada por Unidad Inspecciones la empresa se encuentra cerrada.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los arts. 70 y siguientes de la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley N° 19.889 de 9 de julio de 2020, artículo 23° de la Ley N° 17.556 del 18 de septiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 68 de la Ley N° 18.834, artículo 21 de Decreto 386/020 de 31 de diciembre de 2020.
LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES RESUELVE:
1°. Contratar al Ec. Rodrigo Gorga en calidad de Asesor del señor Director Pablo Siris, disponiendo el pago de una partida nominal de $ 53.264 (pesos uruguayos cincuenta y tres mil doscientos sesenta y cuatro) mensuales, que serán imputados de su partida de cargos de confianza, en los términos estipulados en el contrato correspondiente
2°. Establecer que el pago de dicha compensación se atenderá con cargo al Objeto del gasto 0.5.4.000 “Personal de Confianza (artículo 23° de la Ley N° 17.556 del 18 de septiembre de 2002) del Inciso 71 – Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones.
3°. Pase por su orden a Secretaría General, Gestión de Personal para la notificación del interesado, siga a Contabilidad y Finanzas a sus efectos
Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria General