Resolución N° 169/022 - Desestimar la solicitud presentada por BERSABEL S.A. licencia Clase “B”

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Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 

Expediente: N° 2022-71-1-0000522

Resolución: N° 169/2022

Acta: N° 33/022

Montevideo, 23 de setiembre de 2022

Visto: la solicitud presentada por BERSABEL S.A. para que se le otorgue licencia Clase “B” y se le autorice la prestación del servicio de transmisión de datos en el departamento de Montevideo donde opera con su licencia Clase “D”.

Resultando: I. Que por Resoluciones del Poder Ejecutivo Nro. 117/994 de 11 de febrero de 1994, y Decretos Nro. 82/015 de 27 de febrero de 2015, Nro. 387/017 de 28 de diciembre de 2017 y Nro. 150/019 de 3 de junio de 2019 y Resolución de esta Unidad Reguladora Nro. 413/003 de 4 de diciembre de 2003 se le autorizó la prestación del servicio de televisión para abonados, en la modalidad “TDH”, en el departamento de Montevideo y en la zona de Rincón de la Bolsa del departamento de San José estableciéndose, a los efectos de la prestación del servicio, que la zona se encontraba delimitada por el Río Santa Lucía, los Bañados del mismo, el Río de la Plata y comprendía, entre otras urbanizaciones, Delta del Tigre y Villas, Monte Grande, Playa Pascual, Playa Penino, Safici, Parque Postel, San Fernando, Santa Mónica, Sofima, Villa Olímpica y Villa Rives. II. Que por Resoluciones de esta Unidad Reguladora Nro. 280/003 de 28 de agosto de 2003 y Nro. 413/003 de 4 de diciembre de 2003 se le otorgó licencia Clase “D” para la prestación del servicio de televisión para abonados en las zonas geográficas correspondientes.

Considerando: I. Que el artículo 56 de la Ley Nro. 19.307 de 29 de diciembre de 2014 establece que “las personas físicas o jurídicas que presten servicios de comunicación audiovisual regulados por la presente ley no podrán, a su vez, prestar servicios de telecomunicaciones de telefonía o de transmisión de datos. Esta incompatibilidad alcanza a las personas, físicas o jurídicas, integrantes de las personas jurídicas involucradas.” II. Que se confirió a la interesada la vista reglamentaria de precepto.

Atento: A lo expuesto precedentemente y a lo establecido en la Ley Nro. 17.296 del 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley Nro. 19.889 de 9 de julio de 2020, sus modificativos y concordantes, en la Ley Nro. 19.307 de 29 de diciembre de 2014 y a lo informado por la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Económicos y la Gerencia Ingeniería de Telecomunicaciones.

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones Resuelve:

. Desestimar la solicitud presentada por BERSABEL S.A. para que se le otorgue licencia Clase “B” y se le autorice la prestación del servicio de transmisión de datos en el departamento de Montevideo donde opera con su licencia Clase “D”.

. Notifíquese personalmente a la interesada.

3°. A sus efectos pase por su orden a Secretaría General, Unidad Atención y Gestiones y Gerencia Ingeniería de Telecomunicaciones. Cumplido, oportunamente archívese.

Firmado por: Dra. Mercedes Aramendía, Presidenta

Dra. Isabel Maassardjian, Secretaria General

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